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ResoluciónNacionalvigente

Enmienda nº 1 al Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Hacienda de España y el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo relativo al Fondo de Cooperación España - BERD para la energía sostenible en países no receptores de Asistencia Oficial para el Desarrollo, hecho en Londres y Madrid el 23 y 29 de junio de 2015.

BOE-A-2016-2866Publicada: 23/03/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Enmienda nº 1 al Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Hacienda de España y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución enmienda el Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Hacienda de España y el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo (BERD) para ampliar el ámbito geográfico del Fondo de Cooperación España-BERD para la Energía Sostenible en Países No Receptores de Asistencia Oficial para el Desarrollo. 2. **CONTEXTO** El Fondo de Cooperación España-BERD fue creado en 2007 bajo un acuerdo entre el Ministerio de Economía y Hacienda de España y el BERD. La presente enmienda busca ampliar las actividades financiadas por el Fondo a todos los países de operaciones del BERD, incluidos los países beneficiarios potenciales. La enmienda se suscribe en Londres y Madrid el 23 y 29 de junio de 2015, y entra en vigor el 29 de junio de 2015. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Enmienda N.º 1 al Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Hacienda de España y el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo relativo al Fondo de Cooperación España-BERD para la Energía Sostenible en Países No Receptores de AOD modifica el alcance geográfico del Fondo, permitiendo su aplicación a todos los países de operaciones del BERD, incluidos los países beneficiarios potenciales. En concreto, el artículo 1.1 establece que las referencias al Ministerio de Economía y Hacienda de España en el Acuerdo se entenderán hechas al Ministerio de Economía y Competitividad de España. El artículo 1.2 modifica la denominación del Acuerdo, incorporando la nueva denominación del Ministerio. El artículo 2.1 establece que la Enmienda se suscribe por ambas Partes, y el artículo 2.2 indica que, salvo lo dispuesto en el artículo 1, los términos del Acuerdo permanecen inalterados. El artículo 2.3 establece que los conceptos utilizados en la Enmienda que hubieran sido definidos en el Acuerdo mantendrán el significado que éste les hubiera asignado, salvo que la Enmienda disponga expresamente lo contrario. El artículo 2.4 establece que las posibles discrepancias entre el Banco y el Ministerio se resolverán entre el Presidente del Banco y el Gobernador por España en el Banco. El artículo 2.5 establece que ninguna de las disposiciones de la Enmienda podrá interpretarse como una renuncia, expresa o implícita, a las prerrogativas, exenciones o privilegios de los que goza el Banco, sus Gobernadores, Directores, suplentes, agentes, empleados o expertos que desempeñen algún cometido para él. La Enmienda se suscribe en dos originales en inglés, uno para cada Parte, y entra en vigor el 29 de junio de 2015, fecha de la firma de la Parte española. La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación certifica la entrada en vigor de la Enmienda el 16 de marzo de 2016. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Enmienda amplía el ámbito geográfico del Fondo de Cooperación España-BERD para la Energía Sostenible. Se modifica la denominación del Ministerio y se establecen mecanismos de resolución de conflictos. La Enmienda entra en vigor el 29 de junio de 2015. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del ámbito geográfico**: El Fondo se aplica a todos los países de operaciones del BERD, incluidos los países beneficiarios potenciales. ⚠️ **Modificaciones al Acuerdo**: Se cambia la denominación del Ministerio y se actualiza el texto del Acuerdo. 📋 **Mecanismos de resolución de conflictos**: Se establece un procedimiento para resolver discrepancias entre el Banco y el Ministerio. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Enmienda entra en vigor el 29 de junio de 2015. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Resolución N.º 11-04.2.959 - **Tipo**: Enmienda a un acuerdo internacional - **Fecha**: 29 de junio de 2015 - **Materias**: Cooperación internacional, energía sostenible, desarrollo, financiación - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta enmienda, el Fondo de Cooperación España-BERD para la Energía Sostenible estaba limitado a países no receptores de Asistencia Oficial para el Desarrollo (AOD), lo que restringía su alcance geográfico. Esta enmienda, firmada en 2015, amplía el ámbito del Fondo a todos los países de operaciones del BERD, incluyendo potenciales beneficiarios. Esta modificación refleja una evolución en la política española de cooperación internacional, alineándose con los objetivos de desarrollo sostenible de la UE y promoviendo una mayor participación en proyectos energéticos en contextos más amplios, lo que importa para entender el marco normativo de cooperación y financiación internacional en el contexto español y europeo.

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