Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos, adoptadas mediante Resolución MEPC.272(69). (Prueba de los motores de gas y los motores de combustible mixto).
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una norma internacional que modifica las reglas técnicas para controlar las emisiones de óxidos de nitrógeno que producen los motores diésel instalados en barcos. Específicamente, añade nuevos procedimientos de prueba para motores que funcionan con gas y para motores que pueden usar combustibles mixtos. **¿A quién afecta?** Afecta a los propietarios y operadores de buques que tengan instalados motores diésel marinos con potencia superior a 130 kilovatios. La norma se aplica a todos los barcos que cumplan con estas características y que entren en servicio a partir del 1 de septiembre de 2017. **¿Qué cambia o establece?** La norma establece nuevos estándares y métodos de prueba para verificar que los motores de gas y los motores de combustible mixto cumplen con los límites de emisiones de óxidos de nitrógeno. Estos cambios entraron en vigor el 1 de septiembre de 2017, y los barcos deben demostrar que sus motores se ajustan a estas nuevas exigencias técnicas.
💬 Contexto ciudadano
La Resolución MEPC.272(69) actualiza el marco regulatorio que desde 1997 limitaba las emisiones de óxidos de nitrógeno en motores marinos diésel, pero ahora específica procedimientos de prueba para tecnologías emergentes como motores de gas y combustibles mixtos. Este endurecimiento normativo se alinea con los compromisos internacionales de la OMI suscritos por España y todos los estados, siendo más exigente que normativas anteriores pero armonizado globalmente para evitar fragmentación regulatoria. La relevancia para armadores españoles radica en que garantiza competencia equitativa en el transporte marítimo internacional, mientras que para la ciudadanía representa reducción tangible de contaminación marina en aguas españolas y mediterráneas, mejorando calidad ambiental costera.