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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 8 de abril de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears.

BOE-A-2016-3411Publicada: 09/04/2016MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 8 de abril de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Merc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 8 de abril de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, según la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se publica en virtud del artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de tabacos, que regula la fijación de precios en el sector del tabaco. El texto establece los precios de venta al público de diferentes productos tabacaleros, incluyendo cigarros, cigarritos y picaduras de pipa, que han sido propuestos por los fabricantes e importadores. La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 8 de abril de 2016, publicada por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 19 de noviembre de 1998, de Ordenación del Mercado de tabacos, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público de los productos tabacaleros. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los diferentes tributos, en las Expendedurías de Tabaco y Timbre. Los precios se dividen en tres categorías: A) Cigarros y cigarritos, B) Cigarros y cigarritos en envases, y C) Picaduras de pipa. Cada categoría incluye una lista de productos con sus respectivos precios. Por ejemplo, en la categoría A, se mencionan productos como "Celebracion (24)" con un precio de 2,00 euros, "Sublimes (24)" con 1,90 euros, y "Minga (24)" con 9,60 euros. En la categoría B, se incluyen productos en envases, como "Petaca Negra Mancha (El envase de 4)" con un precio de 56,00 euros. En la categoría C, se detallan productos como "Big Ben Classic Mixture (100 g)" con un precio de 7,00 euros y "Mazaya French Tobacco Molasses Mojito (50 g)" con 2,50 euros. En el segundo apartado, se establece que la presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La resolución fue firmada por el Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Juan Luis Nieto Fernández, en Madrid, el 8 de abril de 2016. Esta norma tiene una finalidad reguladora, con el objetivo de garantizar la transparencia y la uniformidad en la fijación de precios en el sector del tabaco, conforme a la legislación vigente. La aplicación de esta resolución implica que los establecimientos autorizados deben aplicar los precios establecidos, sin posibilidad de modificaciones, salvo en los casos previstos en la normativa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los precios de venta al público de productos tabacaleros en Expendedurías de Tabaco y Timbre. Se publica en virtud de la Ley 13/1998 y entra en vigor al día siguiente de su publicación. Los precios se detallan por categoría y producto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de productos tabacaleros. ⚠️ **Legislación aplicable**: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998. 📋 **Ámbito geográfico**: Península e Illes Balears. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 8 de abril de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, regulación del sector tabacalero - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios tabaco, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos, Expendedurías de Tabaco y Timbre, fijación de precios ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución de 2016, los precios de venta al público de los productos tabacaleros en España estaban regulados a nivel estatal mediante la Ley 13/1998, que establecía un marco general para la fijación de precios. Sin embargo, en el contexto de la Unión Europea, existían normas comunitarias que exigían la transparencia y la igualdad de precios entre los Estados miembros, lo que generaba tensiones en la aplicación estatal. La importancia de esta resolución radica en que establece precios específicos para la Península e Illes Balears, adaptándose a las particularidades regionales dentro del marco estatal y comunitario, garantizando así la coherencia y el cumplimiento de las normas europeas.

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