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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid.

BOE-A-2016-5128Publicada: 31/05/2016MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Tesorería General de la Seguridad Social ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de mayo de 2016 modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 1995 estableció el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las direcciones provinciales. Posteriormente, se realizaron modificaciones por necesidades de gestión, ampliación de unidades y redistribución de plantillas. La presente resolución se dicta para adecuar el ámbito territorial a necesidades actuales de gestión recaudatoria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de mayo de 2016, emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social, modifica el ámbito territorial de ciertas unidades de recaudación ejecutiva (UURE) en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid. Esta modificación se realiza con el objetivo de mejorar la gestión recaudatoria y equilibrar la redistribución de plantillas, considerando la disminución progresiva de las mismas. La resolución se fundamenta en el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, que otorga a la Dirección General las atribuciones necesarias para la aplicación del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. La resolución establece que el ámbito territorial de las UURE dependientes de las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid se modifica según el anexo de la misma. En concreto, se incluyen municipios del partido judicial número 2, como Medina del Campo, entre otros, y se establece que la UURE de Medina del Campo pierde operatividad al integrarse en el ámbito de otras UURE de Valladolid. Esta modificación supone una redistribución territorial de las unidades de recaudación, con el fin de optimizar la gestión de la recaudación en la Seguridad Social. La resolución no solo modifica el ámbito territorial de las UURE, sino que también actualiza el contenido de la Resolución de 1 de diciembre de 1995, que establecía el marco inicial de estas unidades. Esta actualización refleja la necesidad de adaptar la estructura recaudatoria a las nuevas realidades operativas, con especial atención a la eficiencia y equilibrio en la distribución de recursos humanos y territoriales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución modifica el ámbito territorial de algunas unidades de recaudación ejecutiva en Madrid y Valladolid. Esta modificación busca mejorar la gestión recaudatoria y redistribuir las plantillas. La resolución se fundamenta en normas vigentes y actualiza el marco establecido en 1995. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación territorial**: Se actualiza el ámbito de las unidades de recaudación ejecutiva en Madrid y Valladolid. ⚠️ **Redistribución de plantillas**: La modificación busca equilibrar la distribución de recursos humanos. 📋 **Fundamento legal**: Se basa en la Orden TAS/1562/2005 y el Real Decreto 1415/2004. ℹ️ **Integración de municipios**: Algunas UURE pierden operatividad al integrarse en otras. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 23 de mayo de 2016 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de mayo de 2016 - **Materias**: Seguridad Social, recaudación, gestión territorial - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2016, el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva (UURE) en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid estaba establecido desde 1995, con modificaciones posteriores por necesidades de gestión. Esta norma se inscribe en un marco estatal, ya que la recaudación social en España se regula a nivel nacional, aunque con ajustes regionales. La importancia de esta resolución radica en su impacto en la eficiencia recaudatoria y en la redistribución de recursos, reflejando la necesidad de adaptar los sistemas de gestión a las cambiantes demandas del sistema de seguridad social.

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