Resolución de 27 de mayo de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 27 de mayo de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Merc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 27 de mayo de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, y tiene como objetivo regular los precios de venta al público de productos tabacaleros. Se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el mismo día de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 27 de mayo de 2016, emitida por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 23 de julio de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público de las labores de tabaco. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los diferentes tributos, que han sido propuestos por los fabricantes e importadores. Los precios se dividen en tres categorías: cigarrillos, cigarros y cigarritos, y picaduras de liar. Por ejemplo, los cigarrillos Embassy N.º 1 tienen un precio de 5,00 euros por cajetilla, mientras que los cigarros Barcelo Club (10) tienen un precio de 12,30 euros por unidad. Los cigarros Nicarao Especial Torito (14) cuestan 8,50 euros, y los cigarritos Tabacalera Zapata Coronas (20) tienen un precio de 2,50 euros. En cuanto a las picaduras de liar, el Drum (50 g) tiene un precio de 8,65 euros, mientras que el Greengo Free (50 g) cuesta 8,30 euros. El segundo apartado establece que la presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se publica en Madrid, el 27 de mayo de 2016, y está firmada por Juan Luis Nieto Fernández, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Esta resolución no establece nuevas obligaciones para los fabricantes o importadores, sino que simplemente refleja los precios propuestos por ellos, los cuales son publicados con el fin de garantizar una transparencia en el mercado de tabaco. La norma no introduce cambios regulatorios significativos, sino que cumple con la función de informar y publicar los precios de venta al público, tal como se establece en el marco legal vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 27 de mayo de 2016 publica los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. Se basa en la Ley 13/1998 y entra en vigor el mismo día de su publicación. No introduce cambios regulatorios, sino que informa sobre los precios propuestos por fabricantes e importadores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Bajo impacto regulatorio**: No introduce nuevas normas, sino que refleja precios propuestos por fabricantes. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 27 de mayo de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios tabaco, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos, Expendedurías de Tabaco y Timbre ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2016, los precios de venta al público de las labores de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal mediante la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorgaba al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar dichos precios. Sin embargo, en el contexto de la Unión Europea, existían normas comunitarias que establecían principios generales sobre la regulación del mercado de tabaco, como el Reglamento (CE) n.º 110/2008, que exigía la armonización de los precios en los Estados miembros. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco específico para la Península e Illes Balears, adaptándose a las normas nacionales y europeas, y garantizando la uniformidad en la aplicación de los precios de venta al público.