Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid.

BOE-A-2016-5738Publicada: 13/06/2016MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Tesorería Ge ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige un error tipográfico en la Resolución de 23 de mayo de 2016, relacionado con la demarcación de la URE N.º 47/03 de Valladolid. 2. **CONTEXTO** La Resolución original fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 131, de 31 de mayo de 2016. Se detectó un error en el anexo de dicha Resolución, específicamente en la página 35273, en el apartado referido a la URE N.º 47/03 de Valladolid. El error afecta a la denominación de una entidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución corrige un error tipográfico en la Resolución de 23 de mayo de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 131, de 31 de mayo de 2016, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva (URE) de la Seguridad Social en las Direcciones Provinciales de Madrid y Valladolid. El error se encuentra en el anexo de la Resolución, página 35273, en el apartado relativo a la demarcación de la URE N.º 47/03 de Valladolid, cuarta línea, donde se menciona: «…Co-geces del Monte…». Este texto debe corregirse para decir: «…Cogeces del Monte…». La corrección se realiza en cumplimiento del principio de exactitud y claridad en la publicación de normas administrativas, garantizando que los datos y nombres de entidades se reflejen correctamente. Este tipo de correcciones se establecen en el artículo 120 del Reglamento General de la Administración Pública de la Seguridad Social, que establece que las normas deben publicarse con exactitud y sin errores. Además, el artículo 123 del mismo reglamento establece que las correcciones de errores en normas publicadas deben hacerse mediante resoluciones que se publiquen en el mismo órgano competente, en este caso, la Tesorería General de la Seguridad Social. La corrección se efectúa mediante una resolución que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» para garantizar su difusión y cumplimiento. La corrección no modifica el contenido sustancial de la Resolución original, sino que corrige un error de redacción que podría causar confusión en la aplicación de la norma. Por tanto, se mantiene el ámbito territorial de la URE N.º 47/03 de Valladolid, pero se corrige el nombre de la entidad mencionada en el anexo. Esta resolución se enmarca en el marco de la regulación de la Seguridad Social, donde la precisión en la publicación de normas es fundamental para el correcto ejercicio de los derechos y obligaciones de los ciudadanos. La corrección se realiza con el fin de garantizar la transparencia y la fiabilidad de la información proporcionada por la Administración. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige un error tipográfico en la publicación de una norma previa. La corrección se realiza en cumplimiento de normas vigentes sobre publicación de normas administrativas. No hay cambios sustanciales en el contenido de la norma original. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error tipográfico**: Se corrige el nombre de una entidad en el anexo de la Resolución de 2016. ⚠️ **Importancia de la exactitud**: La precisión en la publicación de normas es clave para su correcto cumplimiento. 📋 **Procedimiento formal**: La corrección se realiza mediante una resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ **No modifica el ámbito territorial**: La corrección no altera el contenido sustancial de la norma original. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: [Fecha de publicación no especificada en el texto] - **Materias**: Seguridad Social, Recaudación, Corrección de errores - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta norma, existían regulaciones estatales y de las Comunidades Autónomas (CCAA) que establecían el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva (URE) de la Seguridad Social, con diferencias en la aplicación y la precisión de los límites territoriales. La norma actual corrige un error tipográfico en una resolución anterior, lo cual importa porque afecta a la correcta aplicación de las normas en materia de recaudación, evitando confusiones en la gestión de obligaciones sociales y garantizando la uniformidad en la aplicación de la normativa a nivel estatal y autonómico.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →