Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección General de la Agencia Estatal ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 8 de junio de 2016 modifica la Resolución de 2010 para regular el registro y gestión de apoderamientos y sucesiones, incluyendo un procedimiento de baja de oficio y una relación pública de trámites obligatorios por Internet. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2010 establecía normas sobre el registro y gestión de apoderamientos y representaciones legales de menores e incapacitados para realizar trámites por Internet. Esta norma fue modificada en 2012 y 2014 para ampliar su alcance. La Resolución de 2016 introduce nuevos apartados para mejorar la gestión de apoderamientos y sucesiones, con especial énfasis en la automatización y transparencia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 8 de junio de 2016, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica la Resolución de 18 de mayo de 2010, que regula el registro y gestión de apoderamientos y representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites por Internet ante la Agencia Tributaria. La modificación busca mejorar la gestión de apoderamientos y sucesiones, facilitando el mantenimiento de registros actualizados y la automatización de procesos. En concreto, la Resolución introduce un **apartado séptimo bis** que establece un **procedimiento de baja de oficio**. Este apartado establece que, en caso de fallecimiento o extinción del poderdante o del apoderado, se procederá de oficio a la baja del apoderamiento. Además, si el poder se otorgó para la recepción de comunicaciones y notificaciones, la baja se notificará al poderdante. También se procederá a la baja cuando el trámite o actuación para el que se otorgó el poder se haya dado de baja en el catálogo. Otro cambio importante es la modificación del **apartado decimotercero**, que ahora establece que los sucesores de personas físicas fallecidas, personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica extinguidas, así como los representantes legales de personas carentes de capacidad de obrar, podrán realizar trámites y actuaciones por Internet ante los órganos de la Agencia Tributaria, siempre que según su normativa puedan hacerlo. Este apartado también menciona que no se afectan las especificidades propias de esta materia en el ámbito aduanero. Además, se crea el **apartado decimoquinto bis**, que establece que en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se mantendrá una **relación pública de trámites y actuaciones obligatorios por Internet**. En esta relación se incluirá una descripción de cada trámite o actuación y un código identificativo. Este cambio busca aumentar la transparencia y facilitar el acceso a la información relevante para los ciudadanos y empresas. La Resolución establece que su **eficacia y aplicabilidad** comenzarán el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se publicó en Madrid el 8 de junio de 2016, y su entrada en vigor se produjo el 9 de junio de 2016. Esta modificación busca mejorar la eficiencia en la gestión de apoderamientos y sucesiones, garantizando que los registros sean actualizados y que los trámites se realicen de forma transparente y eficaz. Además, se busca facilitar el acceso a la información sobre trámites obligatorios por Internet, lo que contribuye a la modernización del sistema tributario. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2016 modifica la normativa vigente para mejorar la gestión de apoderamientos y sucesiones, introduciendo un procedimiento de baja de oficio y una relación pública de trámites obligatorios por Internet. Estas modificaciones buscan garantizar la actualización de los registros y la transparencia en la realización de trámites por Internet. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento de baja de oficio**: Se establece que en caso de fallecimiento o extinción del poderdante o del apoderado, se procederá de oficio a la baja del apoderamiento. ⚠️ **Notificación al poderdante**: Si el poder se otorgó para la recepción de comunicaciones y notificaciones, la baja se notificará al poderdante. 📋 **Relación pública de trámites obligatorios**: Se crea una relación pública en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con descripción y código identificativo de cada trámite obligatorio. ℹ️ **Modificaciones a la normativa vigente**: La Resolución modifica la Resolución de 2010 para mejorar la gestión de apoderamientos y sucesiones, facilitando la transparencia y la eficiencia en la realización de trámites por Internet. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 8 de junio de 2016 - **Materias**: Administración tributaria, apoderamientos, sucesiones, trámites electrónicos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2016, la normativa estatal sobre apoderamientos y representaciones legales para trámites por Internet se regulaba principalmente por la Resolución de 2010, que establecía un marco básico de registro y gestión. Antes aún, en el ámbito de las Comunidades Autónomas, existían normas propias que, en muchos casos, no estaban alineadas con la normativa estatal, lo que generaba incoherencias y dificultades en la aplicación uniforme de los trámites digitales. La importancia de esta modificación radica en su contribución a la armonización entre el ámbito estatal y autonómico, mejorando la transparencia, la eficiencia y la automatización en la gestión de apoderamientos y sucesiones.