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Corrección de errores del Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal.

BOE-A-2016-5564Publicada: 08/06/2016MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se reg ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 191/2016 se corrige para corregir errores en el texto de los artículos 6.1 y 9.a), con el fin de garantizar la correcta aplicación de la norma. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 191/2016, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 19 de mayo de 2016, establece el régimen de devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal. Durante su publicación, se detectaron errores tipográficos que podían afectar su correcta interpretación. Por ello, se emitió un nuevo Real Decreto con la corrección de dichos errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 121, de 19 de mayo de 2016. Posteriormente, se detectaron errores en su texto, que se corrigieron mediante una corrección de errores publicada en el BOE número 141, de 23 de mayo de 2016. En concreto, se corrigió el artículo 6.1, primera línea, donde se indicaba: «Cuando al órgano competente tenga conocimiento…», lo cual se modificó para decir: «Cuando el órgano competente tenga conocimiento…». Esta corrección elimina el artículo «al» que no estaba presente en el original, asegurando que el texto refleje correctamente la redacción original. También se corrigió el artículo 9.a), donde se mencionaba: «Cuando el motivo de la devolución sea uno de los recogidos en las letras b) y d) del apartado 1 del artículo 7…», lo cual se modificó para decir: «Cuando el motivo de la devolución sea uno de los recogidos en las letras b) y d) del apartado 1 del artículo 4…». Esta corrección corrige un error de numeración que afectaba la referencia correcta al artículo 4, en lugar del artículo 7, lo cual era fundamental para la aplicación correcta de la norma. Estas correcciones son de suma importancia para garantizar que el texto normativo se interprete de manera precisa y que los órganos competentes puedan aplicar correctamente el régimen de devolución de ingresos indebidos. La corrección de errores no solo afecta la redacción del texto, sino también la aplicación práctica de la norma, evitando confusiones o malentendidos que podrían derivar en decisiones incorrectas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 191/2016 fue corregido para eliminar errores tipográficos en su texto. Estas correcciones afectan la redacción de los artículos 6.1 y 9.a), y son esenciales para la correcta aplicación de la norma. La corrección se publicó en el BOE el 23 de mayo de 2016. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigieron errores en el texto del Real Decreto 191/2016. ⚠️ **Errores relevantes**: Los errores afectaban la redacción de los artículos 6.1 y 9.a). 📋 **Publicación de corrección**: La corrección se publicó en el BOE el 23 de mayo de 2016. ℹ️ **Relevancia**: Las correcciones son fundamentales para la correcta aplicación de la norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha de publicación**: 23 de mayo de 2016 - **Materias**: Hacienda Pública, Devolución de ingresos indebidos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección del Real Decreto 191/2016, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas que regulaban la devolución de ingresos indebidos, pero con diferentes alcances y procedimientos. La norma estatal establecía un marco general, mientras que las CCAA podían adaptarla a sus particularidades. La importancia de esta corrección radica en garantizar la uniformidad y claridad en la aplicación de la norma estatal, evitando ambigüedades que podrían generar incertidumbre en la devolución de ingresos indebidos, afectando tanto a la Administración como a los contribuyentes.

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