Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se esta
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, por la que se aprueban los modelos de declara ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAP/871/2016 aprueba nuevos modelos de declaración para el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, adaptados a las reformas introducidas por la Ley 27/2014 y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, para los períodos impositivos iniciados a partir de 2015. 2. **CONTEXTO** La reforma del Impuesto sobre Sociedades se materializó con la aprobación de la Ley 27/2014 y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto 634/2015). Esta reforma introdujo cambios significativos en la normativa, incluyendo modificaciones en la imputación temporal y en la deducibilidad de deterioros de valor. Para adaptar los modelos de declaración a estas nuevas disposiciones, se dictó la Orden HAP/871/2016, que entró en vigor el 1 de julio de 2016. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAP/871/2016 establece nuevos modelos de declaración para el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aplicables a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en España. Estos modelos se ajustan a las modificaciones introducidas por la Ley 27/2014 y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que reformaron la normativa del Impuesto sobre Sociedades de manera global y completa. La reforma incluye cambios en la imputación temporal, alineada con el Plan General de Contabilidad, y en la deducibilidad de deterioros de valor de los elementos patrimoniales. La Orden establece plazos específicos para la presentación de la declaración, que deben realizarse en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre o enero, atendiendo al trimestre en el que se produzca el cese. Sin embargo, los contribuyentes que iniciaron su plazo de declaración antes de la entrada en vigor de la Orden deberán presentar la declaración dentro de los veinticinco días naturales siguientes a dicha fecha, salvo que hayan optado por el procedimiento previo contenido en la Orden HAP/1067/2015. Además, se establece que el modelo 220 de declaración, aprobado en el artículo 1 de la Orden, se presentará dentro del plazo correspondiente a la declaración en régimen de tributación individual de la entidad representante del grupo fiscal o entidad cabeza de grupo, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 75 de la Ley 27/2014. La Orden también aprueba el documento normalizado de documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas, que podrá utilizarse por las personas o entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014, a los efectos de cumplir con la obligación de documentación específica de operaciones vinculadas prevista en el artículo 16.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Por último, se establece que la presente orden entrará en vigor el día 1 de julio de 2016, y se dictó en Madrid el 6 de junio de 2016, firmada por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAP/871/2016 introduce nuevos modelos de declaración para adaptarse a las reformas del Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Establece plazos específicos y obligaciones de documentación para contribuyentes con presencia en España. La norma entró en vigor el 1 de julio de 2016. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nuevos modelos de declaración**: Adaptados a las reformas de la Ley 27/2014 y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. ⚠️ **Plazos de presentación**: Vencen en los veinte primeros días naturales de abril, julio, octubre o enero, dependiendo del trimestre. 📋 **Obligación de documentación**: Se aprueba un documento normalizado para operaciones con personas o entidades vinculadas. ℹ️ **Entrada en vigor**: La orden entró en vigor el 1 de julio de 2016. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAP/871/2016 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 6 de junio de 2016 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de no Residentes, declaración, plazos, documentación específica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAP/871/2016, los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes no reflejaban las reformas introducidas por la Ley 27/2014 y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que modificaron aspectos clave como la imputación temporal y la deducibilidad de deterioros de valor. Esta norma se convierte en una actualización necesaria para alinear los modelos con las nuevas disposiciones estatales, garantizando una aplicación coherente de la normativa fiscal en el ámbito de las empresas con presencia en España, tanto nacionales como extranjeras. Su importancia radica en asegurar la correcta aplicación del sistema impositivo y la transparencia en la declaración de impuestos.