Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, por la que se aprueban los modelos 364 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado" y 365 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuartel
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, por la que se aprueban los modelos 364 "Impue ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAP/841/2016 aprueba los modelos 364 y 365 para la solicitud de reembolso y reconocimiento previo de exenciones fiscales relacionadas con la OTAN y sus cuarteles generales, adaptando su presentación a la electrónica y modernizando el sistema. 2. **CONTEXTO** La Orden se enmarca en el marco de la normativa fiscal española sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), concretamente en las exenciones aplicables a la OTAN y sus cuarteles generales. Su objetivo es modernizar y adaptar los modelos de solicitud a la realidad tecnológica actual. La norma sustituye y modifica la Orden EHA/789/2010, con el fin de facilitar la presentación electrónica de las solicitudes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo de 2016, aprueba los modelos 364 y 365, que permiten la solicitud de reembolso de cuotas tributarias soportadas y el reconocimiento previo de exenciones fiscales relacionadas con la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), sus cuarteles generales internacionales y los Estados miembros. Estos modelos están destinados a simplificar y modernizar el sistema de presentación de solicitudes, adaptándolo a la realidad tecnológica actual y facilitando la presentación electrónica. La norma sustituye y modifica parcialmente la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, que regulaba el formulario 360 y el modelo 361. El modelo 364 permite solicitar el reembolso de cuotas tributarias soportadas por empresas o profesionales que estén vinculados a la OTAN o a sus cuarteles generales. El modelo 365, en cambio, se utiliza para solicitar el reconocimiento previo de exenciones fiscales aplicables a dichas entidades. Ambos modelos se presentan electrónicamente, lo que refleja la tendencia de la Administración Tributaria hacia la digitalización de trámites. En cuanto a la identificación y autenticación de los solicitantes, la Orden establece que se utilizará el certificado electrónico reconocido, como el asociado al Documento Nacional de Identidad electrónico (DNI-e), o cualquier otro certificado válido según la normativa vigente. En los casos en que se presente una única Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio o variación de datos personales, el modelo 030, formulada por ambos cónyuges, podrá presentarse utilizando cualquiera de los sistemas de identificación y autenticación establecidos en el artículo 19.a) de la Orden, siempre que uno de los cónyuges haya sido previamente apoderado y el apoderamiento figure en el Registro de apoderamientos regulado por la Resolución de 18 de mayo de 2010. En los casos de presentación electrónica por colaboradores sociales debidamente autorizados, estos deberán disponer de su propio certificado electrónico reconocido. La norma también establece la entrada en vigor de la Orden, que entrará en vigor el 1 de enero de 2017, siendo aplicable a las solicitudes presentadas con posterioridad a dicha fecha. Sin embargo, ciertos apartados, como el apartado uno de la disposición final segunda, entrarán en vigor el 1 de julio de 2016, mientras que la disposición final primera y el apartado dos de la disposición final segunda entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La Orden se publica en el Boletín Oficial del Estado el 30 de mayo de 2016, y su redacción se realiza bajo la supervisión del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAP/841/2016 moderniza y adapta los modelos de solicitud de reembolso y exenciones fiscales relacionadas con la OTAN. Establece la presentación electrónica como forma principal y regula la identificación y autenticación de los solicitantes. La norma entra en vigor el 1 de enero de 2017, con excepciones en algunos apartados. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modernización de trámites**: Se introduce la presentación electrónica como forma principal de solicitud. ⚠️ **Requisitos de identificación**: Se exige el uso de certificados electrónicos reconocidos. 📋 **Procedimiento de apoderamiento**: En casos de declaración conjunta, se requiere apoderamiento previo. ℹ️ **Entrada en vigor diferenciada**: Algunos apartados entran en vigor antes que otros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAP/841/2016 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de mayo de 2016 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), exenciones fiscales, OTAN, cuarteles generales, presentación electrónica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAP/841/2016, la normativa estatal española sobre el IVA ya establecía exenciones para la OTAN y sus cuarteles generales, pero los modelos de solicitud eran menos modernos y no permitían una presentación electrónica eficiente. Esta norma sustituye a la Orden EHA/789/2010, adaptando los modelos 364 y 365 a la realidad digital actual. A nivel de la Unión Europea, no existía una regulación específica sobre este tema, lo que hacía necesario que cada Estado miembro adaptara su normativa interna. La importancia de esta norma radica en su contribución a la simplificación administrativa y en la alineación con estándares tecnológicos, facilitando el cumplimiento fiscal para los sujetos pasivos afectados.