Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 13/2016, de 19 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, al objeto de ejecutar la decisión de la Comisión Europea relativa a la modificación del régimen tributario de determinados clubes deportivos.

BOE-A-2016-9423Publicada: 14/10/2016COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 13/2016, de 19 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la L ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 13/2016 modifica parcialmente la Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades para cumplir con una decisión de la Comisión Europea sobre el régimen fiscal de ciertos clubes deportivos. 2. **CONTEXTO** La Comisión Europea concluyó que una disposición de la Ley del Deporte en España otorgaba una ventaja fiscal a ciertos clubes deportivos, lo cual violaba el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta norma busca corregir dicha situación. La Ley Foral 10/1990 eximió a cuatro clubes de convertirse en sociedades anónimas, lo que generó una ventaja fiscal. La Comisión Europea consideró que esta exención era una ayuda estatal incompatible con el mercado interior. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 13/2016 modifica la Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades con el objetivo de cumplir con una decisión de la Comisión Europea que señalaba que la exención fiscal otorgada a ciertos clubes deportivos era incompatible con el mercado interior. La norma establece que los clubes deportivos y demás entidades sin ánimo de lucro que participen en competiciones oficiales profesionales no aplicarán el régimen fiscal preferente previsto en la Ley Foral 10/1996, que regula el régimen tributario de las fundaciones y actividades de patrocinio. En su lugar, deberán aplicar los tipos generales de gravamen que les correspondan, según el número de socios o el volumen de actividad. La calificación de las competiciones profesionales se realizará de acuerdo con la normativa deportiva aplicable. La disposición adicional séptima de la Ley 10/1990, que permitía esta exención fiscal, se elimina, y se establece que los clubes deportivos profesionales deben cumplir con los requisitos generales de la Ley Foral 24/1996. Además, se establece que los clubes deportivos no podrán disfrutar del régimen fiscal preferente si no cumplen con los requisitos de solvencia y buena gestión que se establecían en la disposición adicional séptima. La norma también establece que los clubes deportivos profesionales no podrán beneficiarse de la exención fiscal si no cumplen con los requisitos de solvencia y buena gestión. La entrada en vigor de la ley se establece en el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. La norma se promulga en nombre del Rey por la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, Uxue Barkos Berruezo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 13/2016 corrige una situación fiscal que violaba normas europeas, eliminando una exención fiscal a ciertos clubes deportivos. La norma establece que estos clubes deben aplicar los tipos generales de gravamen del Impuesto sobre Sociedades. La entrada en vigor de la ley se establece en el día siguiente a su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del régimen fiscal de clubes deportivos**: La ley elimina una exención fiscal otorgada a ciertos clubes deportivos que violaba normas europeas. ⚠️ **Cumplimiento con la Comisión Europea**: La norma busca alinear el régimen fiscal español con las normas de la Unión Europea. 📋 **Aplicación de tipos generales de gravamen**: Los clubes deportivos profesionales deben aplicar los tipos generales del Impuesto sobre Sociedades. ℹ️ **Calificación de competiciones**: La calificación de las competiciones profesionales se realizará según la normativa deportiva aplicable. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Boletín Oficial de Navarra, número 191, de 3 de octubre de 2016 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 19 de septiembre de 2016 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, Derecho Tributario, Derecho Europeo, Deporte - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Clubes deportivos, exención fiscal, Comisión Europea, Impuesto sobre Sociedades, régimen tributario, Ley Foral 24/1996, Ley Foral 10/1990, Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley Foral 13/2016, la Ley Foral 10/1990 permitía a cuatro clubes deportivos evitar la conversión en sociedades anónimas, otorgándoles una ventaja fiscal incompatible con el mercado interior de la UE. Esta norma fue criticada por la Comisión Europea, que consideró que constituía una ayuda estatal ilegal. La Ley Foral 13/2016 corrige esta situación al eliminar la exención fiscal, alineándose con el derecho comunitario y evitando la discriminación entre entidades dentro de la UE. Este cambio refleja la importancia de adaptar las normas estatales y autonómicas a los marcos jurídicos europeos.

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