Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a partir del día 2 de octubre de 2016.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administra ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 28 de septiembre de 2016 establece el calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a partir del 2 de octubre de 2016, incorporando las novedades introducidas por la Ley 39/2015. **2. CONTEXTO** La Resolución de 3 de noviembre de 2015 ya establecía un calendario de días inhábiles para el año 2016. Sin embargo, la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el 2 de octubre de 2016, introdujo cambios significativos, como la exclusión de los sábados del cómputo de plazos. Por ello, fue necesario actualizar el calendario. La Resolución de 2016 se fundamenta en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, que exige que la Administración fije su propio calendario de días inhábiles, y en el artículo 30.2, que excluye los sábados del cómputo de plazos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 28 de septiembre de 2016, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de septiembre de 2016, establece el calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a partir del 2 de octubre de 2016. Este calendario se basa en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que introdujo importantes modificaciones en el régimen de cómputo de plazos. En concreto, el artículo 30.2 de dicha Ley excluye los sábados del cómputo de plazos, lo que implica que estos días no se cuentan como días hábiles para el cálculo de plazos administrativos. Además, el artículo 30.7 establece que la Administración General del Estado debe fijar su propio calendario de días inhábiles, sujeto al calendario laboral oficial. La Resolución de 2016 se ajusta a estas disposiciones, incorporando los días inhábiles establecidos en el calendario laboral nacional y considerando las excepciones previstas en la Ley 39/2015. Por otro lado, el artículo 30.8 de la Ley 39/2015 señala que la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos del cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros. Esto significa que la Resolución no establece directamente la organización laboral de las Administraciones Públicas, sino que solo define los días en los que no se cuentan los plazos. La Resolución también incluye días inhábiles específicos para distintas comunidades autónomas, como Canarias, donde el Decreto 313/2015, de 6 de agosto, establece días inhábiles específicos para cada isla. Por ejemplo, en Canarias, el 2 de febrero es inhábil en Tenerife, el 5 de agosto en La Palma, y así sucesivamente. En el territorio nacional, se establecen días inhábiles como el 26 de diciembre, entre otros. La Resolución se fundamenta en el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y en las competencias que le atribuyen a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. En resumen, la Resolución de 2016 actualiza el calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos en el ámbito de la Administración General del Estado, incorporando las novedades introducidas por la Ley 39/2015, y se ajusta a los principios de legalidad, transparencia y eficacia en la gestión administrativa. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2016 actualiza el calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos en el ámbito de la Administración General del Estado, incorporando las novedades de la Ley 39/2015. No establece la organización laboral, sino solo los días en los que no se cuentan los plazos. La norma se aplica a partir del 2 de octubre de 2016. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Calendario de días inhábiles actualizado**: Se establece el calendario para el año 2016, a partir del 2 de octubre, incorporando los cambios de la Ley 39/2015. ⚠️ **Exclusión de los sábados**: Los sábados no se cuentan como días hábiles para el cómputo de plazos, según el artículo 30.2 de la Ley 39/2015. 📋 **Días inhábiles específicos por comunidad autónoma**: Se incluyen días inhábiles en Canarias y otras comunidades, según sus respectivas normativas. ℹ️ **No determina la organización laboral**: La Resolución no establece cómo se organizan los centros de trabajo, sino solo los días en los que no se cuentan los plazos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de septiembre de 2016 - **Materias**: Procedimiento administrativo, plazos, días inhábiles - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, el calendario de días inhábiles en el ámbito estatal se regulaba mediante resoluciones anuales, como la de 2015, que incluía festivos nacionales y sábados. La Ley 39/2015 introdujo cambios significativos, como la exclusión de los sábados del cómputo de plazos, lo que obligó a actualizar el calendario. La Resolución de 2016 se alinea con esta normativa, estableciendo un marco más claro y uniforme para el cómputo de plazos en la Administración General del Estado, diferenciándose de las normas anteriores y de las aplicables en las Comunidades Autónomas, que pueden tener calendarios propios. Este cambio importa porque mejora la previsibilidad y la uniformidad en el tratamiento de plazos administrativos.