Resolución de 22 de diciembre de 2017, de la Dirección de Tráfico del Departamento de Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2018 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una resolución de la Dirección de Tráfico del País Vasco que establece medidas especiales para regular el tráfico durante 2018. Estas medidas se adoptan cuando hay razones de seguridad vial o para mantener la fluidez de la circulación en fechas que pueden afectar al tráfico, como festividades, puentes, fin de semana y periodos vacacionales. **¿A quién afecta?** Afecta a quienes circulan por vías públicas del País Vasco, especialmente a organizadores de eventos deportivos y marchas ciclistas, conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y conductores de vehículos pesados de más de 7.500 kilogramos de peso máximo autorizado. **¿Qué cambia o establece?** Prohíbe la circulación de vehículos con mercancías peligrosas los domingos y días festivos desde las 8:00 hasta las 24:00 horas, y las vísperas de festivos desde las 16:00 hasta las 24:00 horas. No autoriza pruebas deportivas ni eventos en vías interurbanas durante días y horas especificados, salvo excepciones internacionales. Obliga a los vehículos que transportan mercancías peligrosas a utilizar itinerarios específicos, preferentemente la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas, evitando núcleos urbanos excepto para carga y descarga en el punto más próximo de acceso.
💬 Contexto ciudadano
La regulación de tráfico en periodos críticos es competencia autonómica reconocida en el sistema español, subordinada a la normativa estatal de circulación. Esta resolución del País Vasco de 2017 sigue el patrón de otras comunidades autónomas que adoptan medidas puntuales en festividades para garantizar seguridad y fluidez, similar a regulaciones de Cataluña, Madrid y Andalucía. Aunque carece de antecedente específico para 2018, amplía las restricciones tradicionales a mercancías peligrosas, alineándose con directivas europeas sobre transporte de sustancias peligrosas. Su aprobación exclusivamente autonómica es legítima dentro del marco competencial español. Para el ciudadano supone limitaciones significativas en circulación y logística durante periodos festivos, afectando especialmente a transportistas y conductores de vehículos pesados que deben adaptar itinerarios.