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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

BOE-A-2016-12272Publicada: 24/12/2016MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de diciembre de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, con el objetivo de regular los precios de venta al público de productos tabacaleros. Se publican los precios propuestos por fabricantes e importadores, aplicables en distintas zonas geográficas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de diciembre de 2016, emitida por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 23 de julio de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado la competencia para fijar los precios de venta al público de los productos tabacaleros. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco en la Península e Illes Balears, incluidos los diferentes tributos. Por ejemplo, el precio total de venta al público de los **Chesterfield Blando** es de **4,45 euros por cajetilla**, mientras que el de los **Chesterfield Classic Blue Duro** es de **4,55 euros**. Asimismo, se establecen precios para otras marcas como **Eva Slims**, **Global**, **Marlboro Gold 100’S** y **Marlboro Red Duro**, entre otros. En el segundo apartado, se detallan los precios aplicables en **Ceuta y Melilla**, donde, por ejemplo, el **Burton Original 20** tiene un precio de **2,10 euros por cajetilla**, mientras que el **Chesterfield Classic Red Duro** es de **2,90 euros**. También se incluyen precios para **Marlboro Gold Duro**, **Marlboro Red Blando** y **Marlboro Red Duro**, entre otros. El tercer apartado establece que la presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La resolución fue firmada por **Juan Luis Nieto Fernández**, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, en **Madrid, el 23 de diciembre de 2016**. Esta norma tiene una finalidad reglamentaria, ya que se refiere a la aplicación de la Ley 13/1998, y su contenido se limita a la fijación de precios, sin introducir nuevos derechos ni obligaciones. No obstante, su cumplimiento es obligatorio para los establecimientos que operan en el ámbito del monopolio tabacalero, ya que su incumplimiento podría derivar en sanciones administrativas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 23 de diciembre de 2016 establece los precios de venta al público de productos tabacaleros en Expendedurías de Tabaco y Timbre. Se basa en la Ley 13/1998 y entra en vigor al publicarse. Los precios varían según la zona geográfica y la marca. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público** de productos tabacaleros en el ámbito del monopolio. ⚠️ **Aplica distintos precios según la zona geográfica** (Península e Illes Balears vs. Ceuta y Melilla). 📋 **Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998** de Ordenación del Mercado de Tabacos. ℹ️ **Entró en vigor el mismo día de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de diciembre de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios, monopolio, regulación - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2016, los precios de venta al público de los productos tabacaleros en España estaban regulados por la Ley 13/1998, que otorgaba al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar dichos precios. Esta norma se aplicaba de forma estatal, sin diferencias entre comunidades autónomas, a diferencia de los sistemas de regulación en otros países de la UE, donde las competencias suelen estar descentralizadas. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco claro y uniforme para la fijación de precios, garantizando la transparencia y la igualdad en el acceso al mercado de tabaco en todo el territorio nacional.

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