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ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo administrativo entre la autoridad competente del Reino de España y la autoridad competente de los Estados Unidos de América para el intercambio de informes país por país, hecho en San Marino y Madrid el 13 y el 19 de diciembre de 2017.

BOE-A-2017-15459Publicada: 26/12/2017MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo administrativo entre España y Estados Unidos para intercambiar información fiscal de empresas multinacionales. Ambos países se comprometen a compartir automáticamente los informes país por país que presentan anualmente las grandes empresas multinacionales. Estos informes contienen información sobre cómo distribuyen sus ingresos, qué impuestos pagan y dónde realizan su actividad económica en cada país donde operan. **¿A quién afecta?** Afecta a los grupos multinacionales de empresas que tienen presencia fiscal en España y Estados Unidos, así como a las entidades que tienen la obligación de presentar el informe país por país en estos países. También afecta a las autoridades fiscales de ambos países, que recibirán esta información para analizar riesgos fiscales y verificar que se cumplen las normas sobre precios de transferencia. **¿Qué cambia o establece?** El acuerdo establece que España y Estados Unidos intercambiarán automáticamente los informes país por país que las empresas multinacionales presenten en cada país. Define qué se entiende por grupo multinacional, qué información debe incluir el informe, quién está obligado a presentarlo y qué es el informe país por país. Ambos países se comprometen a proteger la confidencialidad de la información intercambiada y a utilizarla solo para fines fiscales, dentro de los límites establecidos en el tratado para evitar la doble imposición entre ambos países.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2017, los países carecían de intercambio automático de información fiscal detallada sobre operaciones multinacionales, facilitando la evasión tributaria. Este acuerdo España-EEUU se alinea con el estándar BEPS de la OCDE (2015) y la Directiva UE 2013/34/UE, mecanismos adoptados por la mayoría de jurisdicciones desarrolladas para transparencia fiscal. Mientras la UE legisla mediante directivas vinculantes para sus miembros, España formaliza acuerdos bilaterales complementarios, especialmente con potencias tributarias como EEUU. Jurisdicciones opacas aún se resisten, pero gobiernos europeos lo han aprobado. Para el ciudadano supone mayor recaudación fiscal al reducir estrategias de erosión de bases imponibles por multinacionales, mejorando financiación de servicios públicos y equidad tributaria, aunque implica cierto escrutinio de datos empresariales sensibles que ambas administraciones se comprometen a proteger conforme límites convenidos.

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