Resolución de 11 de noviembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 11 de noviembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 11 de noviembre de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud del artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, con el objetivo de regular los precios de venta al público de ciertas labores de tabaco. La Resolución publica los precios propuestos por los fabricantes e importadores, aplicables en las Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 11 de noviembre de 2016, emitida por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 25 de junio, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado la competencia para fijar dichos precios. La Resolución detalla los precios de venta al público, incluyendo los tributos, para distintas categorías de productos: - **A) Cigarrillos**: se indican precios de 3,95 euros por cajetilla para modelos como King Blue, King Blue 100’s, King Red y King Red 100’s. - **B) Cigarros y Cigarritos**: se mencionan precios como 3,95 euros por unidad para el Gran Toro (20) y 2,80 euros por unidad para el Half Corona (20). - **C) Picaduras de liar**: se fijan precios de 9,10 euros para American Spirit Original Blend (70 g) y 2,40 euros para Domingo Autentico (30 g) y Domingo Negro (30 g). - **D) Picaduras de pipa**: se establecen precios de 8,00 euros por unidad para diversos productos como Flamenco Africa Sandia y Menta (200 g), Flamenco Asturias Dos Manzanas (200 g), y otros modelos similares. La Resolución establece que los precios publicados serán aplicables en las Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. Además, se indica que la norma entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma tiene carácter vinculante para los establecimientos autorizados, y su cumplimiento es obligatorio. No se menciona la posibilidad de excepciones ni modificaciones, salvo en caso de que se emita una nueva norma reguladora. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Se publican los precios propuestos por fabricantes e importadores, aplicables en la Península e Illes Balears. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público**: Se fijan precios específicos para distintas labores de tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarros, picaduras de liar y pipa. ⚠️ **Aplicabilidad en áreas del monopolio**: Los precios son aplicables en las Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. 📋 **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 11 de noviembre de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución de 2016, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados por normas estatales y, en algunos casos, por normativas autonómicas, aunque con un marco general definido por la Ley 13/1998. La Resolución de 2016 estableció un sistema más específico y detallado, aplicable en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, con precios fijados por el Comisionado. Esta norma importa porque introduce una regulación más centralizada y transparente, garantizando un control uniforme sobre los precios, lo que facilita la comparación entre regiones y mejora la aplicación de la normativa en el ámbito del monopolio estatal.