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Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

BOE-A-2016-10459Publicada: 12/11/2016Ministerio de Hacienda y Función Pública

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 424/2016 establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, incorporando las novedades introducidas por el Real Decreto 415/2016, y deroga el anterior Real Decreto 1887/2011. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 415/2016 reestructuró los departamentos ministeriales, asignando nuevas competencias a distintos ministerios. Para desarrollar esta nueva organización, se emitió el Real Decreto 424/2016, que define la estructura orgánica y los órganos directivos de los ministerios. Este Real Decreto también establece disposiciones transitorias, derogatorias y finales para su aplicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre de 2016, establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, incorporando las novedades introducidas por el Real Decreto 415/2016. Este Real Decreto define la distribución de funciones entre los ministerios, especialmente entre el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Según el artículo 1, el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales se encarga de las competencias en materia de administración territorial, a través de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de la Función Pública, asume las competencias en materia de Función Pública, Administración Digital y Gobernanza Pública, incluyendo las funciones que hasta ahora ejercía la Oficina para la Reforma de la Administración Pública. En el ámbito del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, se excepciona la reserva funcionarial para el nombramiento del titular de la Dirección General de Medios y Diplomacia Pública, según el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Esta excepción se justifica por la necesidad de una acción de comunicación activa de la política exterior, que permita al titular del ministerio reforzar el prestigio exterior de España. El Real Decreto establece una disposición transitoria tercera, que regula el régimen transitorio de los servicios comunes de los ministerios que han transferido actividades a otros departamentos. Estos servicios seguirán prestando sus funciones al Ministerio de adscripción hasta que se desarrolle la estructura orgánica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos. En materia de derogación, el Real Decreto 424/2016 deroga el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecía la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto. En cuanto a las disposiciones finales, el artículo 4 establece que el Ministerio de Hacienda y Función Pública adoptará las disposiciones necesarias para la adscripción de los medios materiales y el personal funcionario de los órganos suprimidos. Además, las modificaciones presupuestarias necesarias se realizarán conforme a la normativa presupuestaria, sin incremento de gasto público. El artículo 5 establece que el Ministro de Hacienda y Función Pública elevará al Consejo de Ministros los proyectos de reales decretos por los que se adapte la estructura orgánica de los departamentos ministeriales y organismos autónomos. Finalmente, el artículo 6 establece que el Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 424/2016 establece la nueva estructura orgánica de los departamentos ministeriales, incorporando las reformas del Real Decreto 415/2016. Deroga normas anteriores y establece disposiciones transitorias, derogatorias y finales para su aplicación. La norma entra en vigor el día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales** ⚠️ **Derogación del Real Decreto 1887/2011** 📋 **Reasignación de competencias entre ministerios** ℹ️ **Disposiciones transitorias y finales para su aplicación** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 424/2016 - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 11 de noviembre de 2016 - **Materias**: Organización administrativa, Función Pública, Administración Digital, Gobernanza Pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 424/2016, la estructura orgánica de los departamentos ministeriales en España estaba regulada por el Real Decreto 1887/2011, que establecía una distribución de competencias y órganos. Este nuevo real decreto introduce modificaciones derivadas del Real Decreto 415/2016, que reestructuró las competencias entre ministerios, especialmente entre el Ministerio de la Presidencia y las Administraciones Territoriales y el Ministerio de Hacienda. La importancia de esta norma radica en su papel de consolidar una organización ministerial más eficiente y adaptada a las nuevas funciones estatales y autonómicas, alineándose con las competencias de las comunidades autónomas y la Unión Europea.

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