Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el Me ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 3 de febrero de 2017 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, y tiene por objeto publicar los precios de venta al público de ciertas labores de tabaco propuestos por fabricantes e importadores. Se aplica a diferentes tipos de productos, como cigarros, cigarritos, tabaco de pipa y otros, en distintas regiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 3 de febrero de 2017, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. Esta medida se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 17 de diciembre de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado la competencia para fijar y publicar estos precios. El texto detalla los precios de venta al público de diferentes productos, incluyendo cigarros, cigarritos, tabaco de pipa y otros, en euros por unidad o cajetilla, según el caso. Por ejemplo, se establece que el precio total de venta al público de los cigarros “Breva (25)” es de 0,50 euros, mientras que el de “Campana (5)” es de 1,95 euros. En el caso de los cigarros de la marca “Rothmans of London Tabaco de Volumen (30 g)”, el precio es de 4,90 euros. Para el tabaco de pipa, se mencionan precios como 1,50 euros para “Mala Vida Brown (20 g)” y 9,95 euros para “Starbuzz Exotic Lemon Tea (100 g)”. En el caso de Ceuta y Melilla, se detallan precios específicos para ciertos cigarillos, como “Burton Blue Superslim (20)” y “Burton Silver Superslim (20)”, ambos con un precio de 2,10 euros. La Resolución establece que los precios publicados entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La firma de la resolución corresponde al Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Juan Luis Nieto Fernández, y se realizó en Madrid el 3 de febrero de 2017. Esta norma tiene un carácter reglamentario, ya que se deriva de la Ley 13/1998, y su finalidad es garantizar la transparencia y el control en el mercado de tabaco, asegurando que los precios sean fijados de forma uniforme y conforme a los criterios establecidos por el órgano competente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, conforme a la Ley 13/1998. Los precios se publican en el Boletín Oficial del Estado y entran en vigor al día siguiente. La norma tiene carácter reglamentario y se aplica a distintas regiones, incluyendo Ceuta y Melilla. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público** de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Aplica a distintas regiones**, incluyendo Ceuta y Melilla. 📋 **Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998**. ℹ️ **Los precios entran en vigor al día siguiente de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 3 de febrero de 2017 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios, regulación, monopolio - **Relevancia**: ALTA Palabras: 695 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2017, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal mediante la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. Esta norma establece que el Comisionado para el Mercado de Tabacos fija y publica los precios, lo cual contrasta con el modelo de regulación en algunos países de la UE, donde la competencia puede ser más descentralizada o incluso liberalizada. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco claro y uniforme para el precio de los productos de tabaco en el ámbito del monopolio estatal, garantizando un control público sobre el sector y evitando fluctuaciones excesivas en el mercado.