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Resolución de 30 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

BOE-A-2016-12597Publicada: 31/12/2016MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de diciembre de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se publica en virtud del artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público. La norma establece los precios de las labores de tabaco propuestos por los fabricantes e importadores, aplicables en diferentes territorios, incluyendo Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de diciembre de 2016, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según lo previsto en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 23 de julio de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos. Dicha ley otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público de las labores de tabaco, en cumplimiento de los principios de transparencia, equidad y control del monopolio estatal en este sector. La Resolución establece que los precios de venta al público de las labores de tabaco incluyen los diferentes tributos aplicables, y se aplican en las Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. En la Península e Illes Balears, los precios de los cigarrillos Corset Lile Superslims, Corset Menthol Superslims y Corset Pink Superslims son de 4,10 euros por cajetilla. En Ceuta y Melilla, los mismos productos tienen un precio de 2,30 euros por cajetilla. En cuanto a los cigarros y cigarritos, se mencionan productos como la Generación V Salomón (10) a 22,00 euros, el Nestor IV Toro (10) a 20,00 euros, y el Sixto II Hexágono (10) a 21,00 euros. Para las picaduras de pipa, se incluyen productos como el Al Fakher Blueberry (250 g) a 10,00 euros, el Al Fakher Blueberry (50 g) a 1,90 euros, el Al Fakher Blueberry Mint (250 g) a 10,00 euros y el Al Fakher Blueberry Mint (50 g) a 1,90 euros. La Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que implica que los precios establecidos son vinculantes para los establecimientos autorizados a comercializar tabaco en el territorio nacional. El texto de la Resolución está firmado por el Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S., y el Coordinador del Área de Control y Regulación del Mercado, Pedro Rodríguez López. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y son aplicables en distintas zonas geográficas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de labores de tabaco, incluyendo tributos. ⚠️ **Aplicabilidad territorial**: Los precios varían según la zona geográfica (Península, Illes Balears, Ceuta y Melilla). 📋 **Vigencia**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Base legal**: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 30 de diciembre de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, monopolio estatal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios de venta al público, tabaco, monopolio, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los precios de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, que otorgaba al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijarlos. Sin embargo, antes de 2016, no existía una norma específica que estableciera los precios en Ceuta y Melilla, que formaban parte del área del monopolio. Esta resolución importa porque establece una regulación más precisa y uniforme en todo el territorio español, incluyendo las zonas autónomas, garantizando la transparencia y el control estatal sobre el mercado del tabaco.

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