Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 28 de diciembre de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. 2. **CONTEXTO** La norma se publica en virtud del artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público. La Resolución establece los precios para distintas marcas y tipos de tabaco en diferentes territorios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 28 de diciembre de 2016, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 19 de julio de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado la competencia para fijar estos precios. La Resolución establece que los precios incluyen los diferentes tributos aplicables, y se aplican en distintas zonas geográficas, como la Península e Illes Balears, Ceuta y Melilla. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco en la Península e Illes Balears, incluyendo marcas como Chesterfield, Marlboro y Starbuzz, con precios que oscilan entre 3,00 y 9,95 euros por cajetilla. Por ejemplo, los Cigarrillos Chesterfield Blando tienen un precio de 4,55 euros, mientras que los Starbuzz Exotic Winter Fresh tienen un precio de 9,95 euros. En el segundo apartado, se detallan los precios para Ceuta y Melilla, donde los precios son más bajos, como los 3,00 euros para los Chesterfield Classic Red Duro y los 3,10 euros para marcas como Marlboro Gold Duro y Marlboro Red Duro. La Resolución establece que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El texto finaliza con la firma del Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Juan Luis Nieto Fernández, en Madrid, el 28 de diciembre de 2016. Esta norma tiene un carácter reglamentario, ya que desarrolla una disposición legal existente, y su objetivo es garantizar la transparencia y el control del precio de venta al público de los productos del tabaco en el ámbito del Monopolio. La fijación de precios se realiza en base a los propuestos por los fabricantes e importadores, lo que refleja un proceso de coordinación entre distintos actores del sector. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece precios de venta al público de tabaco en distintas zonas geográficas, basados en la Ley 13/1998. Los precios varían según la ubicación y el tipo de producto. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de tabaco en distintas zonas. ⚠️ **Diferencias regionales**: Los precios varían entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de diciembre de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios, monopolio, regulación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios de venta al público, tabaco, monopolio, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2016, los precios de venta al público de tabaco estaban regulados por normativas estatales y autonómicas, con diferencias significativas entre las Comunidades Autónomas y la Unión Europea. La norma española, basada en la Ley 13/1998, establecía un marco central, pero permitía ajustes locales. La importancia de esta Resolución radica en su papel de armonización y transparencia, al fijar precios uniformes en el ámbito del Monopolio, garantizando un control más eficaz y equitativo del mercado de tabaco.