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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

BOE-A-2016-12432Publicada: 28/12/2016MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 27 de diciembre de 2016 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, y tiene como objetivo regular los precios de venta al público de productos tabacaleros. La Resolución establece precios distintos para la Península e Illes Balears y para Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 27 de diciembre de 2016, publicada por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 17 de julio de 1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público de los productos tabacaleros. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco en la Península e Illes Balears, incluidos los diferentes tributos. Por ejemplo, el precio total de venta al público de los Cigarrillos Fortuna Rojo Blando es de 4,55 euros por cajetilla. En el segundo apartado, se establecen los precios para Ceuta y Melilla, donde el mismo producto tiene un precio de 2,80 euros por cajetilla. Estos precios son propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores y son publicados con el fin de garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente. La Resolución establece que los precios mencionados entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esto asegura que los establecimientos de venta de tabaco tengan un marco legal claro para la aplicación de los precios desde el momento de su publicación. La norma no establece mecanismos de revisión ni de modificación de los precios, lo que sugiere que los precios publicados son definitivos hasta que se publiquen nuevas resoluciones. Además, no se menciona la posibilidad de excepciones ni de ajustes por regiones, lo que indica una aplicación uniforme en los territorios mencionados. La Resolución no incluye disposiciones transitorias ni de derogación, lo que implica que no se afectan normas anteriores relacionadas con el mercado de tabaco, salvo las que se mencionan explícitamente. Por otro lado, no se establecen sanciones ni medidas de control para garantizar el cumplimiento de los precios establecidos, lo que sugiere que la supervisión recae en la autoridad competente y en la aplicación de la normativa vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece precios de venta al público de productos tabacaleros en distintas zonas geográficas. Los precios son publicados en virtud de la Ley 13/1998 y entran en vigor al día siguiente de su publicación. No se establecen mecanismos de revisión ni sanciones específicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público** de productos tabacaleros en distintas zonas geográficas. ⚠️ **Precios diferentes según la región** (Península e Illes Balears vs. Ceuta y Melilla). 📋 **Publicada en virtud de la Ley 13/1998** de Ordenación del Mercado de Tabacos. ℹ️ **Entrada en vigor al día siguiente de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 27 de diciembre de 2016 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2016, los precios de venta al público de los productos tabacaleros en España estaban regulados por la Ley 13/1998, que otorgaba al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar dichos precios, pero sin una norma específica que detallara los montos exactos. Esta resolución estableció precios diferenciados entre las Comunidades Autónomas y las zonas de Ceuta y Melilla, reflejando una regulación más precisa y adaptada a las realidades locales. Importa porque permitió una mayor transparencia y uniformidad en el mercado tabacalero, alineándose con el marco estatal y europeo que busca controlar el consumo de tabaco y garantizar la equidad en la aplicación de impuestos.

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