Resolución de 16 de mayo de 2017, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las Corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal de 2015 y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 16 de mayo de 2017, de la Secretaría General de Financiación Auton ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 16 de mayo de 2017 establece la información que deben suministrar las Corporaciones locales sobre el esfuerzo fiscal de 2015, así como los plazos y formas de presentación ante las Delegaciones de Economía y Hacienda. 2. **CONTEXTO** Esta norma se dicta en el marco del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, que establece la fórmula para el cálculo del esfuerzo fiscal municipal. La fecha límite para la presentación de la información es el 30 de junio de 2017. La Resolución busca facilitar el cumplimiento de esta obligación por parte de los ayuntamientos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 16 de mayo de 2017, dictada por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, desarrolla los requisitos y procedimientos para la presentación de la información sobre el esfuerzo fiscal de los municipios referida al ejercicio 2015, necesaria para la liquidación definitiva de su participación en los tributos del Estado correspondiente a 2017. El artículo 82 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 establece la fórmula de cálculo del esfuerzo fiscal, que se desarrolla en términos análogos a los ejercicios anteriores. La fecha límite para la presentación de la información es el 30 de junio de 2017, según el artículo 100.dos del mismo Proyecto de Ley. La presentación puede realizarse en papel o telemáticamente con firma electrónica del Interventor o del titular del órgano de contabilidad de la Corporación local. Para la transmisión telemática, la Secretaría General ha facilitado una aplicación accesible desde la Oficina Virtual de Entidades Locales del portal del Ministerio de Hacienda y Función Pública. La Resolución se dicta con arreglo a la habilitación establecida en el artículo 100 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017. En el apartado 1, se detalla la información a suministrar por las Corporaciones locales. La información básica incluye certificaciones de los siguientes datos referidos al ejercicio 2015: recaudaciones líquidas de los tributos mencionados, bases imponibles, cuotas tributarias, y otros datos relevantes. La información complementaria incluye, entre otros, la documentación relacionada con compensaciones fiscales y situaciones excepcionales en la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas. En el apartado 4, se establece que las Delegaciones de Economía y Hacienda procederán a dar por concluido el proceso mediante el bloqueo de la información correspondiente a los ayuntamientos de su provincia, según las instrucciones de la aplicación habilitada al efecto. Además, se requiere que, como documentación complementaria, se acompañe una relación de los municipios afectados por compensaciones fiscales o situaciones excepcionales, especificando los importes y motivos correspondientes. En el apartado 5, se establece la posibilidad de prorrogar los plazos señalados en la Resolución, de oficio, según lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, la Secretaría General adoptará el acuerdo correspondiente y lo comunicará a los municipios a través de los Delegados de Economía y Hacienda. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los requisitos y plazos para la presentación de la información sobre el esfuerzo fiscal municipal, facilitando su cumplimiento mediante diferentes medios. La información debe ser suministrada por los ayuntamientos a las Delegaciones de Economía y Hacienda, acompañada de documentación complementaria. Los plazos pueden ser prorrogados si se considera necesario. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Información a suministrar**: Los ayuntamientos deben aportar certificaciones de recaudaciones, bases imponibles y cuotas tributarias referidas al ejercicio 2015. ⚠️ **Fecha límite**: El 30 de junio de 2017 es la fecha límite para la presentación de la información. 📋 **Formas de presentación**: Puede realizarse en papel o telemáticamente con firma electrónica. ℹ️ **Documentación complementaria**: Se requiere relación de municipios afectados por compensaciones fiscales o situaciones excepcionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 16 de mayo de 2017 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 16 de mayo de 2017 - **Materias**: Hacienda local, Presupuestos, Esfuerzo fiscal, Tributos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2017, las Corporaciones locales ya estaban sujetas a la obligación de informar sobre su esfuerzo fiscal, establecida en el marco del sistema de financiación autonómica y estatal, que se inspiraba en la normativa europea de coordinación fiscal. Esta norma se integraba en el marco más amplio de la financiación territorial, donde las comunidades autónomas y el Estado compartían responsabilidades fiscales. La importancia de esta Resolución radica en su papel de clarificación y desarrollo de los requisitos para el cumplimiento de la obligación fiscal, garantizando la transparencia y la equidad en la distribución de recursos entre los niveles de gobierno.