Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4865-2016, en relación con el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por posible vulneración del art. 31.1 de la CE.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4865-2016, en relación con el artículo 107 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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El Tribunal Constitucional resolvió la cuestión el 5 de junio de 2017. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en su Auto de 5 de junio de 2017, acordó la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4865-2016, en relación con el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La extinción se produjo por desaparición sobrevenida de su objeto, lo que significa que la cuestión ya no tenía objeto jurídico ni interés procesal. La cuestión de inconstitucionalidad se planteaba en virtud de la posible vulneración del artículo 31.1 de la Constitución Española, que establece que la ley no podrá establecer tributos que no estén previstos en la normativa vigente. El artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, en cuestión, se refería a la regulación de los tributos locales, incluyendo la posibilidad de establecer tributos extraordinarios en determinadas circunstancias. El Tribunal Constitucional, al declarar la extinción de la cuestión, reconoció que el objeto de la misma ya no existía, ya que el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004 había sido derogado o modificado de manera que ya no se encontraba en vigor. Por lo tanto, no era posible analizar su posible inconstitucionalidad. La Sala consideró que la desaparición del objeto de la cuestión se debió a la derogación o reforma de la norma cuestionada, lo cual se confirmó en el desarrollo de la normativa posterior. En consecuencia, no fue necesario analizar si el artículo 107 violaba el artículo 31.1 de la Constitución, ya que la norma ya no estaba vigente. Este tipo de resoluciones son comunes en el Tribunal Constitucional cuando una cuestión de inconstitucionalidad se plantea sobre una norma que ya no existe o ha sido reformada, lo que hace imposible su análisis. La Sala, en su criterio, considera que en tales casos la cuestión ya no tiene sentido y debe extinguirse sin necesidad de una decisión sobre su fondo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional declara la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4865-2016 por desaparición sobrevenida de su objeto. La norma cuestionada ya no estaba vigente, por lo que no fue necesario analizar su posible inconstitucionalidad. La Sala consideró que la cuestión ya no tenía objeto jurídico ni interés procesal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Extinción de la cuestión**: La Sala declara la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad por desaparición sobrevenida de su objeto. ⚠️ **Desaparición de la norma**: El artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004 ya no estaba vigente, lo que hizo imposible su análisis. 📋 **Procedimiento**: La cuestión fue admitida a trámite en 2016 y resuelta en 2017. ℹ️ **Relevancia**: No fue necesario analizar la inconstitucionalidad, ya que la norma no existía. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Constitucional - **Fuente**: Auto del Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución judicial - **Fecha**: 5 de junio de 2017 - **Materias**: Derecho constitucional, derecho tributario, derecho local - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, cuestión de inconstitucionalidad, extinción, Real Decreto Legislativo 2/2004, artículo 107, artículo 31.1 de la Constitución Española ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 2/2004, las normas sobre las Haciendas Locales estaban reguladas por distintas leyes estatales y autonómicas, lo que generaba una fragmentación normativa y una falta de armonización entre las CCAA y el Estado. La normativa estatal, en particular, establecía un marco general, pero permitía que las comunidades autónomas desarrollaran su propia legislación fiscal, lo que a veces generaba conflictos de competencias. La importancia de esta cuestión radica en que la posible inconstitucionalidad del artículo 107 del RDL 2/2004 se analizaba en el contexto de la protección de los derechos fundamentales, especialmente el derecho a la propiedad y la libertad de empresa, consagrados en el artículo 31.1 de la Constitución Española.