Resolución de 18 de mayo de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de solicitud de admisión a los procesos selectivos y liquidación de la tasa de derechos de examen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 18 de mayo de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 18 de mayo de 2017 aprueba el modelo de solicitud de admisión a procesos selectivos y liquidación de la tasa de derechos de examen, sustituyendo al anterior modelo aprobado en 2012. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en el marco de la gestión de procesos selectivos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Se modifica el modelo de solicitud para adaptarlo a nuevas exigencias legales y garantizar la confidencialidad de los datos personales de los interesados. La norma sustituye anteriores resoluciones de 2012 y 2016, y se aplica a partir de su publicación en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 18 de mayo de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, aprueba el modelo de solicitud de admisión a los procesos selectivos y liquidación de la tasa de derechos de examen, sustituyendo al modelo aprobado en 2012. El nuevo modelo, denominado modelo 791, se aplica a todas las solicitudes de participación en procesos selectivos convocados por la Agencia Tributaria, tanto para el personal funcionario o laboral incluido en el ámbito de aplicación del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), como para aquel personal no incluido en dicho ámbito que no disponga de otro modelo de solicitud. El modelo 791 incluye una cláusula que recaba el consentimiento del interesado para permitir a los gestores del proceso selectivo acceder a las bases de datos de la Administración que contengan la acreditación del cumplimiento de los requisitos de edad, nacionalidad, titulación, condición de demandante de empleo, discapacidad o familia numerosa, siempre que estos datos hayan sido acreditados previamente en alguna comunidad autónoma. Este consentimiento es necesario para garantizar la confidencialidad de los datos y su uso exclusivo para la verificación de los requisitos mencionados. Además, la Resolución establece que el modelo 791 no podrá utilizarse para la recaudación de tasas que no constituyan derechos de la Agencia Tributaria. En cuanto a la presentación de las solicitudes y el pago de la tasa, se aplican las normas establecidas en las Resoluciones de 18 y 21 de septiembre de 2012, respectivamente. La aplicación del modelo 791 se extiende a todos los procesos selectivos convocados por la Agencia Tributaria a partir de la entrada en vigor de la Resolución, que se producirá el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por lo tanto, el modelo entrará en vigor el 19 de mayo de 2017. La norma también establece que el modelo 791 sustituye al modelo aprobado por la Resolución de 21 de septiembre de 2012, y se aplica a todos los procesos selectivos futuros convocados por la Agencia Tributaria. Además, se menciona que el modelo puede utilizarse en relación con pruebas selectivas convocadas por la Agencia Tributaria para personal que no esté incluido en el ámbito de aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público, siempre que no disponga de otro modelo de solicitud. En cuanto a la finalidad del modelo, se destaca la necesidad de garantizar la confidencialidad de los datos personales de los interesados, así como la verificación de los requisitos exigidos en el artículo 56 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. La norma busca, por tanto, una mayor transparencia y seguridad en el proceso de admisión a los procesos selectivos, al tiempo que asegura el cumplimiento de las normas de protección de datos personales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2017 aprueba un nuevo modelo de solicitud para procesos selectivos, sustituyendo al anterior. Este modelo incluye una cláusula de consentimiento para el acceso a datos personales y se aplica a partir del 19 de mayo de 2017. La norma busca garantizar la confidencialidad y la verificación de requisitos en los procesos selectivos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Sustitución del modelo 791**: Se aprueba un nuevo modelo de solicitud de admisión a procesos selectivos, sustituyendo al anterior aprobado en 2012. ⚠️ **Consentimiento para acceso a datos**: Se requiere el consentimiento del interesado para permitir el acceso a bases de datos de la Administración, garantizando la confidencialidad de los datos personales. 📋 **Aplicabilidad a partir del 19 de mayo de 2017**: El modelo entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. ℹ️ **Exclusividad para derechos de la Agencia Tributaria**: El modelo no podrá utilizarse para recaudar tasas que no constituyan derechos de la Agencia Tributaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 18 de mayo de 2017 - **Materias**: Procesos selectivos, admisión, tasas de examen, datos personales, confidencialidad, Estatuto Básico del Empleado Público - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2017, la gestión de procesos selectivos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria se regía por modelos aprobados en 2012 y 2016, que no contemplaban adecuadamente la protección de datos personales ni las exigencias legales vigentes. Esta norma introduce un modelo más actualizado, alineado con la normativa europea y estatal, lo cual importa porque refleja una adaptación a estándares de privacidad y transparencia, mejorando la eficacia y legalidad de los procesos selectivos. La comparativa con el marco CCAA/estatal/UE destaca la evolución hacia un sistema más homogéneo y conforme a principios de protección de datos.