Resolución de 12 de junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 12 de junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 12 de junio de 2017 modifica la Resolución de 28 de diciembre de 2012, ampliando el periodo de jornada intensiva o de verano para empleados públicos que tengan a cargo a una persona con discapacidad igual o superior al 33%. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2012 establecía la jornada de verano para empleados públicos con hijos menores de 12 años. En mayo de 2017, la Mesa General de Negociación consensuó una propuesta para ampliar este derecho a quienes tengan a cargo a una persona con discapacidad del 33% o más. Esta modificación busca facilitar la conciliación entre vida familiar y laboral. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 12 de junio de 2017, emitida por la Secretaria de Estado de Función Pública, modifica el segundo párrafo del punto 7.2 de la Resolución de 28 de diciembre de 2012. Esta modificación se basa en el acuerdo alcanzado en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, celebrada el 30 de mayo de 2017. La norma establece que los empleados públicos con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, o sin límite de edad en el supuesto de discapacidad superior o igual al 33%, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este, podrán acogerse a la modalidad de jornada intensiva desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre. Este derecho también podrá ejercerse en el año en que el menor cumpla la edad de 12 años. La modificación se fundamenta en el artículo 12 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La Resolución establece que los órganos competentes, como los Subsecretarios, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los organismos públicos, deberán tener en cuenta esta norma al aprobar los calendarios laborales correspondientes. La entrada en vigor de la Resolución se produce el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se enmarca en el marco de la regulación de la jornada laboral del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, con el objetivo de garantizar una mejor conciliación entre la vida laboral y familiar. La modificación introduce un criterio de discapacidad del 33% como condición para acceder a la jornada intensiva, ampliando así el grupo de beneficiarios. La norma se aplica a todos los empleados públicos que reúnan los requisitos establecidos, independientemente de la edad del menor, siempre que se cumplan las condiciones de convivencia y dependencia. La Resolución no establece nuevos derechos, sino que adapta y amplía los ya existentes, con el fin de mejorar la flexibilidad laboral y la adaptación a las necesidades familiares. La norma se aplica a todos los órganos y organismos públicos que estén sujetos a la regulación de la jornada laboral, lo que garantiza una aplicación uniforme en toda la Administración General del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2017 modifica la normativa vigente para ampliar el periodo de jornada intensiva a empleados públicos con personas con discapacidad del 33% o más. La norma se aplica a todos los órganos públicos y entra en vigor tras su publicación. Se busca mejorar la conciliación entre vida laboral y familiar. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del periodo de jornada intensiva**: Se incluye a personas con discapacidad del 33% o más. ⚠️ **Condiciones de convivencia y dependencia**: La discapacidad debe ser del solicitante y la persona dependiente debe convivir con él. 📋 **Aplicación a toda la Administración**: La norma se aplica a todos los órganos públicos y organismos. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 12 de junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 12 de junio de 2017 - **Materias**: Jornada laboral, conciliación laboral y familiar, personal público - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2017, la normativa estatal regulaba la jornada de verano solo para empleados con hijos menores de 12 años, sin considerar la situación de personas con discapacidad. Esta norma se aplicaba uniformemente en todas las Comunidades Autónomas, aunque algunas podían tener regulaciones más flexibles. La modificación de 2017 amplió este derecho a quienes tengan a cargo a una persona con discapacidad igual o superior al 33%, reflejando una mayor atención a la diversidad y la conciliación laboral. Este cambio importa porque responde a una necesidad de igualdad y adaptación a las realidades familiares más diversas, mejorando la inclusión en el ámbito laboral.