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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 6 de julio de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de septiembre de 2012, por la que se aprueba el procedimiento de presentación de solicitudes de admisión a los procesos selectivos mediante sistemas de identificación y autenticación electrónica distintos de la firma electrónica avanzada, y la liquidación de la tasa de derechos de examen.

BOE-A-2017-8241Publicada: 14/07/2017MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 6 de julio de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Adm ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 6 de julio de 2017 modifica la Resolución de 18 de septiembre de 2012, adaptándola al uso del sistema Cl@ve Pin para la presentación de solicitudes de admisión a procesos selectivos y la liquidación de la tasa de derechos de examen. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2012 establecía el procedimiento para la presentación de solicitudes mediante sistemas electrónicos distintos de la firma electrónica avanzada. Posteriormente, se publicó el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2014 que aprobó el sistema Cl@ve, y en 2017 se aprobó una resolución que permitió el uso del sistema Cl@ve Pin para el pago telemático de tasas. Esta Resolución de 2017 adapta el procedimiento de presentación de solicitudes a los nuevos sistemas electrónicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 6 de julio de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica la Resolución de 18 de septiembre de 2012, con el objetivo de adaptar el procedimiento de presentación de solicitudes de admisión a los procesos selectivos a los sistemas de identificación y autenticación electrónica distintos de la firma electrónica avanzada, así como a la liquidación de la tasa de derechos de examen. La modificación se realiza en el marco del uso del sistema Cl@ve Pin, que permite la presentación de solicitudes y el pago telemático de tasas. La Resolución establece que la Agencia Tributaria devolverá el modelo 791 cumplimentado, incluyendo la fecha de presentación y un código seguro de verificación, que servirá como justificante de la solicitud. En el caso de que el importe de la tasa sea cero o inferior al establecido legalmente, por exención o bonificación, el solicitante deberá remitir los documentos acreditativos del derecho a la exención o bonificación, salvo que la convocatoria lo exima. En caso de no cumplir con los requisitos exigidos por la Resolución de 4 de abril de 2017, que permite el pago telemático mediante Cl@ve Pin, se deberá realizar la autoliquidación y pago de la tasa, ya sea mediante personación en entidad colaboradora para el ingreso en cuenta o en efectivo, y su validación. La falta de autoliquidación o de presentación de la documentación acreditativa en el plazo de presentación de solicitudes supondrá la exclusión del proceso. La entrada en vigor de esta Resolución se produce el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se enmarca en el marco de la digitalización de trámites administrativos, facilitando la participación electrónica de ciudadanos y obligados tributarios en procesos selectivos, con el fin de mejorar la eficiencia y accesibilidad del sistema público. La norma se apoya en el sistema Cl@ve Pin, que permite la identificación y autenticación electrónica mediante claves concertadas, y se complementa con la Resolución de 2017 que permite el pago telemático de tasas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2017 adapta el procedimiento de presentación de solicitudes a los sistemas electrónicos, facilitando la participación en procesos selectivos. Establece requisitos para la presentación, pago y validación de la tasa, con consecuencias en caso de incumplimiento. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación al sistema Cl@ve Pin**: La norma modifica el procedimiento de presentación de solicitudes para incluir el uso del sistema Cl@ve Pin. ⚠️ **Requisitos de pago y documentación**: Se establecen obligaciones de pago y presentación de documentos acreditativos en caso de exención o bonificación. 📋 **Consecuencias de incumplimiento**: La falta de cumplimiento puede llevar a la exclusión del proceso selectivo. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 6 de julio de 2017 - **Materias**: Procedimiento administrativo, sistemas electrónicos, procesos selectivos, tasas, identificación telemática - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Cl@ve Pin, modelo 791, tasa de derechos de examen, procesos selectivos, identificación electrónica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2017, el procedimiento para la presentación de solicitudes en procesos selectivos se regía por la normativa de 2012, que permitía el uso de sistemas electrónicos distintos de la firma electrónica avanzada. Sin embargo, con la introducción del sistema Cl@ve Pin en 2014 y su posterior aplicación al pago telemático en 2017, fue necesario adaptar la normativa existente. Esta modificación importa porque refleja la evolución tecnológica en la administración pública y la necesidad de alinear los procesos selectivos con los nuevos sistemas de identificación electrónica, mejorando la eficiencia y seguridad en la gestión de trámites.

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