Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir el fraude y la evasión fiscal y su Protocolo, hecho en Madrid el 24 de julio de 1992, hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2015.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Protocolo modifica el Convenio entre España y México para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, entrando en vigor el 27 de septiembre de 2017. 2. **CONTEXTO** El Convenio original fue firmado en 1992 y se complementó con un Protocolo en 2015. Este Protocolo busca actualizar y mejorar la cooperación fiscal entre ambos países. El objetivo es evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, garantizando una aplicación más eficiente del acuerdo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Protocolo modifica el Convenio entre España y México para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, así como prevenir el fraude y la evasión fiscal. El texto establece que el Preámbulo del Convenio original se elimina y se sustituye por uno nuevo que refleja la intención de promover la cooperación fiscal y evitar la doble imposición. En el artículo II, se modifica el párrafo 3 del artículo 2 del Convenio original, actualizando la lista de impuestos aplicables en cada país. En España, los impuestos incluyen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el Impuesto sobre el Patrimonio. En México, el impuesto aplicable es el Impuesto sobre la Renta. El Protocolo también establece el procedimiento para su entrada en vigor, que ocurre tras un plazo de tres meses desde la fecha de la última notificación de cumplimiento de los procedimientos internos necesarios por parte de los Estados Contratantes. El Protocolo entró en vigor el 27 de septiembre de 2017, tras haber transcurrido dicho plazo. Además, el Protocolo establece que sus disposiciones surtirán efecto en diferentes situaciones: en relación con los impuestos retenidos en la fuente, desde la fecha de entrada en vigor; en relación con los impuestos calculados por referencia a un ejercicio fiscal, para los ejercicios fiscales que comiencen desde la fecha de entrada en vigor; y en todos los restantes casos, desde la fecha de entrada en vigor. El Protocolo fue firmado en Madrid el 17 de diciembre de 2015 y entró en vigor el 27 de septiembre de 2017. La entrada en vigor se notificó mediante una nota de la Secretaria General Técnica el 29 de junio de 2017. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Protocolo modifica el Convenio original para mejorar la cooperación fiscal entre España y México, evitando la doble imposición y preveniendo la evasión fiscal. Su entrada en vigor fue formalizada el 27 de septiembre de 2017 tras cumplir con los requisitos legales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Convenio original**: Se actualiza el texto del Convenio para reflejar mejor la cooperación fiscal entre España y México. ⚠️ **Entrada en vigor**: El Protocolo entró en vigor el 27 de septiembre de 2017 tras cumplir con los requisitos legales. 📋 **Procedimiento de entrada en vigor**: Se requiere un plazo de tres meses desde la última notificación de cumplimiento de los procedimientos internos. ℹ️ **Impuestos aplicables**: Se actualiza la lista de impuestos en cada país, incluyendo en España el Impuesto sobre el Patrimonio y en México el Impuesto sobre la Renta. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (España y México) - **Fuente**: Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos - **Tipo**: Protocolo de Convenio internacional - **Fecha**: 17 de diciembre de 2015 (firma), 27 de septiembre de 2017 (entrada en vigor) - **Materias**: Impuestos sobre la renta, impuestos sobre el patrimonio, evasión fiscal, doble imposición - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Convenio internacional, evasión fiscal, doble imposición, cooperación fiscal, Protocolo, España, México ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes del Protocolo de 2015, el Convenio entre España y México para evitar la doble imposición, firmado en 1992, establecía mecanismos básicos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, pero sin una actualización significativa. Este Protocolo, junto con el original, refleja una evolución en la cooperación fiscal entre las CCAA, el Estado español y la UE, al incorporar normas más modernas y eficaces para combatir el fraude fiscal. Importa porque mejora la coordinación fiscal entre los países, facilita la aplicación uniforme de los impuestos y refuerza la transparencia en la gestión de la renta y el patrimonio.