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Real Decreto 683/2017, de 30 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, en relación con la cobertura del riesgo de crédito en entidades financieras.

BOE-A-2017-7582Publicada: 01/07/2017MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 683/2017, de 30 de junio, por el que se modifica el Reglamento del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 683/2017 modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para adaptar la deducibilidad de las dotaciones por deterioro de créditos en entidades financieras a la normativa contable vigente. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 683/2017 se enmarca en la regulación fiscal de entidades financieras, modificando el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Este cambio busca alinear la deducibilidad fiscal de las dotaciones por riesgo de crédito con la normativa contable aplicable, especialmente la Circular 4/2004 del Banco de España. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 30 de junio de 2017, entrando en vigor el mismo día. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 683/2017 modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS), aprobado por el Real Decreto 634/2015, con el objetivo de regular la deducibilidad fiscal de las dotaciones por deterioro de créditos y otros activos derivados de posibles insolvencias en entidades financieras. El artículo 13 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece que se debe desarrollar reglamentariamente la deducibilidad de estas dotaciones, considerando las características específicas de la actividad de las entidades financieras. La norma establece que la deducibilidad de las dotaciones correspondientes a la cobertura del riesgo de crédito en entidades financieras se determinará aplicando los criterios del artículo 9 del RIS en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2015, mientras se mantenga la redacción original de la Circular 2/2016 del Banco de España. Además, se añade una disposición transitoria octava que establece que, en tanto no se ejecute el desarrollo reglamentario específico para la remisión de información contable por los establecimientos financieros de crédito, la deducibilidad de las dotaciones se determinará aplicando los criterios del artículo 9 del RIS en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2015. Este cambio busca alinear la regulación fiscal con la normativa contable vigente, especialmente la Circular 4/2004 del Banco de España, que establece normas de información financiera para entidades de crédito. La norma también se apoya en la Circular 4/2016 del Banco de España, que modificó la Circular 4/2004, y en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. La entrada en vigor del Real Decreto 683/2017 se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016. Esta modificación refleja la necesidad de adaptar el régimen fiscal a las normas contables vigentes, especialmente en el sector financiero, donde la regulación contable sectorial es fundamental para la correcta aplicación del régimen fiscal. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 683/2017 modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para adaptar la deducibilidad fiscal de las dotaciones por riesgo de crédito en entidades financieras a la normativa contable vigente. La norma establece criterios para la deducibilidad de estas dotaciones mientras se mantenga la redacción original de ciertas circulares del Banco de España. La entrada en vigor se produce el 30 de junio de 2017, con efectos a partir de 2016. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del RIS**: Se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para adaptar la deducibilidad fiscal de las dotaciones por riesgo de crédito. ⚠️ **Aplicación de criterios contables**: La deducibilidad se determina aplicando los criterios del artículo 9 del RIS en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2015. 📋 **Regulación contable sectorial**: La norma se apoya en la Circular 4/2004 del Banco de España y en su posterior modificación en 2016. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor el 30 de junio de 2017, con efectos a partir de 2016. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 683/2017 - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 30 de junio de 2017 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, entidades financieras, deducibilidad fiscal, normativa contable - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 683/2017, la deducibilidad de las dotaciones por deterioro de créditos en entidades financieras estaba regulada de forma menos específica en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015. Esta norma se alineaba con la normativa estatal y europea, pero no reflejaba plenamente las particularidades de la contabilidad aplicable en el sector financiero, como la Circular 4/2004 del Banco de España. La modificación introducida por el Real Decreto 683/2017 busca armonizar la deducibilidad fiscal con la normativa contable vigente, garantizando una aplicación más coherente y transparente del impuesto en este sector, lo cual es relevante para la fiscalidad de las entidades financieras y su cumplimiento normativo.

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