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Resolución de 19 de junio de 2017, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

BOE-A-2017-7311Publicada: 26/06/2017MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de junio de 2017, del Departamento de Recaudación de la Agencia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de junio de 2017 modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017 y establece el lugar de pago de dichas cuotas. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco de la regulación tributaria española, donde el Impuesto sobre Actividades Económicas está regulado por la Ley 39/1988. La recaudación de este impuesto se lleva a cabo mediante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que tiene competencias para modificar plazos de pago en determinadas condiciones. La Resolución busca adaptar el procedimiento de pago para el ejercicio 2017. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de junio de 2017, dictada por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, establece modificaciones en el procedimiento de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para el ejercicio 2017. En primer lugar, se establece que las cuotas nacionales y provinciales deberán ingresarse a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que se remitirá al contribuyente. En caso de que este documento no sea recibido o se extraviara, el ingreso deberá realizarse mediante un duplicado en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas nacionales, o a la provincia donde se realice la actividad, en el caso de cuotas provinciales. En segundo lugar, se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario para las cuotas mencionadas en el apartado anterior. El nuevo plazo se establece desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2017, ambos inclusive. Esta modificación se basa en la competencia que tiene la Administración Tributaria para modificar el plazo de ingreso en periodo voluntario, según el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que otorga dicha facultad a la Administración Tributaria competente. Además, la Resolución se fundamenta en la Orden PRE/3851/2007, de 10 de diciembre, que atribuye al titular del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia para modificar el plazo voluntario de ingreso de las deudas de notificación colectiva y periódica cuya gestión se realice por la mencionada Agencia. La norma también se apoya en el artículo 23 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que permite la recaudación de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva mediante diversas modalidades, incluyendo el ingreso por entidades colaboradoras. Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que aprobó las tarifas e Instrucción del Impuesto, en su Regla 17.ª, establece que las cuotas nacionales y provinciales serán recaudadas por la Administración Tributaria Estatal. La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, crea el Impuesto sobre Actividades Económicas en sus artículos 79 a 92, lo que otorga a la Administración Tributaria la competencia para su recaudación. En consecuencia, la Resolución se fundamenta en el marco legal vigente, y se ajusta a las competencias que le son atribuidas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el objetivo de regular el procedimiento de pago del IAE para el ejercicio 2017. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece nuevas normas sobre el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas para el ejercicio 2017, modificando el plazo de ingreso en periodo voluntario y el lugar de pago. Se fundamenta en el marco legal vigente y en las competencias atribuidas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del plazo de pago**: Se establece un nuevo plazo de ingreso en periodo voluntario desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2017. ⚠️ **Cambio en el lugar de pago**: Las cuotas deberán ingresarse a través de entidades colaboradoras o en oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria según la provincia. 📋 **Procedimiento de pago**: Se detalla el uso del documento de ingreso y la posibilidad de realizar un duplicado en caso de pérdida. ℹ️ **Fundamento legal**: La norma se basa en la Ley 58/2003, la Orden PRE/3851/2007 y el Reglamento General de Recaudación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 19 de junio de 2017, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 19 de junio de 2017 - **Materias**: Impuesto sobre Actividades Económicas, recaudación, plazo de pago, periodo voluntario - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2017, el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) se regulaba en el marco de la legislación estatal, con plazos y procedimientos de pago definidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La norma introducida en 2017 modificó el plazo de ingreso en periodo voluntario y estableció el lugar de pago, adaptándose a necesidades de recaudación. Esta regulación contrasta con el marco de las Comunidades Autónomas, que tienen competencias en materia tributaria, y con la normativa europea, que establece principios generales de armonización fiscal. La importancia de esta norma radica en su impacto directo en la gestión tributaria de los contribuyentes y en la coordinación entre niveles de gobierno.

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