Resolución de 24 de agosto de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 25 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital y de las Secretarías de Estado de Hacienda y de Presupuestos y Gastos, por la que se publica una nueva versión, 3.2.2, del formato de factura electrónica "facturae".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de agosto de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de agosto de 2017 publica una nueva versión, 3.2.2, del formato de factura electrónica «facturae», estableciendo normas técnicas para su emisión y validación. 2. **CONTEXTO** La norma surge como actualización del formato de factura electrónica previamente establecido, en respuesta a la necesidad de adaptar el sistema a nuevas exigencias tecnológicas y operativas. La Ley 25/2013 establece el marco legal para la factura electrónica en el sector público, y esta Resolución se enmarca en ese marco. La publicación en el Boletín Oficial del Estado busca garantizar la transparencia y la uniformidad en el uso de la factura electrónica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de agosto de 2017, publicada en el Boletín Oficial del Estado, se basa en la Resolución conjunta de 25 de julio de 2017, firmada por la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital y las Secretarías de Estado de Hacienda y de Presupuestos y Gastos. Esta última establece la nueva versión 3.2.2 del formato de factura electrónica «facturae», que se convierte en el estándar obligatorio para las facturas electrónicas remitidas a las Administraciones públicas. La norma se fundamenta en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público. Esta ley establece que las facturas electrónicas deben ajustarse a un formato estructurado, que se determinará mediante una orden de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, dictada a propuesta conjunta del Ministro de Hacienda y Función Pública y del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, oído el comité sectorial de Administración electrónica. No obstante, la disposición adicional segunda de la Ley 25/2013 prevé que, mientras no se apruebe dicha orden, las facturas electrónicas se ajustarán al formato «Facturae», versión 3.2, y a la firma electrónica conforme a la especificación «XML Advanced Electronic Signatures» (XAdES). La Resolución de 2017 actualiza este formato a la versión 3.2.2, incorporando modificaciones técnicas y mejoras en la estructura del documento. El formato «facturae» se define mediante un esquema XML, que establece las normas técnicas para la estructura, contenido y validación de las facturas electrónicas. En la Resolución de 2017 se detallan las especificaciones técnicas, incluyendo elementos como el importe de los pagos en especie (PaymentInKindAmount), la unidad de medida (UnitOfMeasure) y el formato del documento adjunto (AttachmentFormat). Estos elementos se definen con precisión, estableciendo tipos de datos, formatos aceptados y restricciones. Por ejemplo, el campo PaymentInKindAmount se define como un valor numérico con hasta ocho decimales, mientras que la unidad de medida se especifica mediante códigos predefinidos según la Recomendación 20, Revisión 4 y Recomendación 21, Revisión 5 de UN/CEFACT. Además, la Resolución establece que el formato de factura electrónica debe ser compatible con los sistemas informáticos y los procesos de gestión contable de las Administraciones públicas. La norma también menciona la necesidad de que las facturas electrónicas incluyan información relevante, como el identificador único de la factura, la fecha de emisión, los datos del emisor y del destinatario, y la información sobre el pago. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado permite a las Administraciones públicas y a los proveedores conocer las nuevas normas técnicas y adaptar sus sistemas de facturación electrónica. La norma también incluye anexos que detallan las especificaciones técnicas del formato «facturae» 3.2.2, lo que facilita su implementación y validación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2017 actualiza el formato de factura electrónica «facturae» a la versión 3.2.2, estableciendo normas técnicas para su emisión y validación. La norma se basa en la Ley 25/2013 y busca garantizar la uniformidad y transparencia en el uso de la factura electrónica en el sector público. Su publicación en el Boletín Oficial del Estado permite su aplicación efectiva. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización del formato «facturae»**: Se establece la versión 3.2.2 como el nuevo estándar para las facturas electrónicas. ⚠️ **Cumplimiento legal**: La norma se fundamenta en la Ley 25/2013, que establece el marco legal para la factura electrónica en el sector público. 📋 **Especificaciones técnicas**: Se detallan normas sobre estructura, contenido y validación de las facturas electrónicas. ℹ️ **Publicación obligatoria**: La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su conocimiento y aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de agosto de 2017 - **Materias**: Facturación electrónica, normativa digital, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: factura electrónica, formato «facturae», normativa digital, Ley 25/2013, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2017, el formato de factura electrónica en España estaba regulado por normas estatales y se ajustaba a las exigencias de la Unión Europea, pero no contaba con un estándar único y actualizado. La norma de 2017 introduce la versión 3.2.2 de «facturae», que mejora la interoperabilidad y la seguridad, alineándose con las directrices europeas. Importa porque establece un marco común para las Administraciones públicas y empresas, facilitando la transparencia y la eficiencia en el intercambio de datos, y refleja la evolución hacia sistemas digitales más integrados y seguros.