Resolución de 24 de noviembre de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de noviembre de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de noviembre de 2017 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaría. El objetivo es publicar los precios propuestos por fabricantes e importadores, aplicables en las Expendedurías de Tabaco y Timbre. La norma establece precios distintos según la región geográfica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de noviembre de 2017, emitida por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, tiene por objeto publicar los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta medida se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaría, que otorga al Comisionado la competencia para regular el mercado de tabaco y establecer los precios de venta al público. La resolución establece que los precios de venta al público, incluyendo los diferentes tributos, serán los siguientes: en la Península e Illes Balears, los precios varían según el tipo de producto. Por ejemplo, los Cigarrillos Chesterfield Blando tienen un precio de 4,60 euros por cajetilla, mientras que el Chesterfield Classic Blue Duro cuesta 4,70 euros. Otros productos como los L&M Blue Blando y L&M Red Blando tienen precios de 4,35 euros, mientras que el L&M Red Label 100s cuesta 4,25 euros. Para productos como el Forever Gold Flowers (100 g), el precio es de 9,50 euros por cajetilla. En Ceuta y Melilla, los precios son diferentes, reflejando una política de precios adaptada a las características económicas de estas zonas. Por ejemplo, el Chesterfield Classic Red Duro cuesta 3,05 euros, mientras que el L&M Blue Label Duro tiene un precio de 2,85 euros. El Marlboro Gold Duro se vende a 3,15 euros, y el Marlboro Red Blando y Duro también tienen un precio de 3,15 euros. La resolución establece que los precios publicados entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se firma por la Presidenta del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S., y el Vicepresidente, Carlos Sánchez Laín, en cumplimiento del Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre. Esta resolución refleja la regulación del mercado de tabaco en el marco de la normativa vigente, con el fin de garantizar la transparencia y el control de los precios de venta al público, así como la aplicación de los tributos correspondientes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, aplicables en distintas zonas geográficas. Los precios son publicados en virtud de la Ley 13/1998 y entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público** de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Diferentes precios según la región geográfica** (Península, Illes Balears, Ceuta y Melilla). 📋 **Publicados en virtud de la Ley 13/1998** de Ordenación del Mercado de Tabacos. ℹ️ **Entrada en vigor al día siguiente de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de noviembre de 2017 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2017, los precios de venta al público de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. Sin embargo, esta norma introduce una diferenciación regional, estableciendo precios distintos según la CCAA, lo que refleja una mayor autonomía en la regulación del mercado de tabaco. Este cambio importa porque permite adaptar los precios a las características económicas y fiscales de cada región, mejorando la equidad y la coherencia con la normativa tributaria local.