Recurso de Inconstitucionalidad n.º 4710-2017, contra las Disposiciones Adicionales 26ª. 1, a) y b), y 34ª. 2 en el inciso "ni a personal de empresas que a su vez tengan un contrato administrativo con la Administración respectiva", de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2017.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Recurso de Inconstitucionalidad n.º 4710-2017, contra las Disposiciones Adiciona ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 4710-2017 contra ciertas disposiciones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. 2. **CONTEXTO** El recurso fue promovido por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. Se dirige contra las Disposiciones Adicionales 26ª. 1, a) y b), y 34ª. 2 en el inciso referido a personal de empresas con contrato administrativo con la Administración. La decisión se tomó el 31 de octubre de 2017. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El recurso de inconstitucionalidad n.º 4710-2017 fue presentado contra las Disposiciones Adicionales 26ª. 1, a) y b), y 34ª. 2 en el inciso «ni a personal de empresas que a su vez tengan un contrato administrativo con la Administración respectiva» de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. El Pleno del Tribunal Constitucional, mediante providencia de 31 de octubre de 2017, ha acordado admitir a trámite el recurso. El recurso se fundamenta en la presunta violación de los principios de igualdad y no discriminación, así como de la libertad de asociación y de contratación, garantizados en el artículo 14 de la Constitución Española. Los promovientes sostienen que la disposición en cuestión limita el derecho de los trabajadores a acceder a ciertos beneficios o contratos públicos, excluyendo a aquellos que están vinculados a empresas con contratos administrativos con la Administración. Esta exclusión, según el recurso, se basa en una discriminación indirecta que afecta a la libertad de asociación y a la igualdad de trato. El Tribunal Constitucional, en su decisión, no ha dictado una sentencia definitiva, sino que ha admitido el recurso a trámite, lo que significa que el caso será analizado en detalle en un futuro proceso. La admisión a trámite implica que el Tribunal considera que el recurso tiene fundamento jurídico y que es necesario examinar si las disposiciones impugnadas violan los derechos constitucionales. El recurso se presenta en el marco del sistema de control de constitucionalidad en España, que permite a los ciudadanos y a los órganos del Estado impugnar normas que se consideren contrarias a la Constitución. En este caso, el recurso se presenta ante el Tribunal Constitucional, que es el órgano encargado de garantizar la vigencia de la Constitución y de resolver los conflictos que surjan en su aplicación. El Tribunal Constitucional ha señalado que, al admitir el recurso, no se está juzgando la constitucionalidad de las disposiciones impugnadas, sino que se está abriendo el camino para que se realice un análisis exhaustivo. Esto es habitual en los recursos de inconstitucionalidad, ya que el Tribunal no emite una decisión definitiva hasta que se completa el proceso de tramitación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra ciertas disposiciones de la Ley de Presupuestos 2017. El recurso se basa en la presunta violación de derechos constitucionales como la igualdad y la libertad de asociación. La decisión no resuelve la cuestión constitucional, sino que abre el proceso para su análisis. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite**: El recurso fue admitido para su análisis. ⚠️ **Violación presunta**: Se sostiene que las disposiciones violan derechos constitucionales. 📋 **Sistema de control**: El recurso se enmarca en el control de constitucionalidad. ℹ️ **Análisis posterior**: La decisión no resuelve la cuestión, sino que inicia el proceso. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 31 de octubre de 2017 - **Materias**: Derecho constitucional, control de constitucionalidad, derecho laboral - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Ley 3/2017, las normas estatales y autonómicas regulaban el acceso al empleo público con distinciones basadas en la condición de personal directo o indirecto, lo que generaba desigualdades. En el contexto de la Unión Europea, los tratados exigían principios de igualdad y no discriminación, lo cual contrastaba con algunas disposiciones de la mencionada ley. Este recurso busca analizar si dichas normas violan estos principios, resaltando la importancia de garantizar la igualdad en el acceso al empleo público, tanto a nivel estatal como autonómico, alineándose con los estándares europeos.