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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 26 de diciembre de 2017, conjunta de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan instrucciones para la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en los casos en que el obligado al pago carezca de número de identificación fiscal (NIF) o número de identificación de extranjeros (NIE).

BOE-A-2018-4Publicada: 01/01/2018MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 26 de diciembre de 2017, conjunta de la Secretaría General del Tes ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 26 de diciembre de 2017 establece instrucciones para la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en casos donde el obligado al pago carezca de NIF o NIE. 2. **CONTEXTO** Esta resolución sustituye a la de 2005 y se dicta en virtud de la disposición final primera de la Orden PRE/1064/2016, que habilita a las secretarías competentes para emitir resoluciones conjuntas. Su objetivo es regular la forma en que deben rellenarse los modelos 060 y 069 cuando el deudor no posea identificación fiscal o extranjera. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 26 de diciembre de 2017, conjunta de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado, establece instrucciones detalladas para la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en los casos en que el obligado al pago carezca de NIF o NIE. Esta norma se fundamenta en la disposición final primera de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, que desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. El objeto de la resolución es regular cómo deben rellenarse los documentos de ingreso 060 y 069 en situaciones donde el deudor no tenga identificación fiscal o extranjera. En concreto, establece que, en el campo «NIF/NIE», se debe consignar el código «S2800252E» (Código de Ingreso no Tributario). Además, en los casos donde el deudor no resida en España, se debe indicar el domicilio de la Delegación de Economía y Hacienda que expide el documento. Asimismo, al introducir el código de ingreso no tributario, se deben rellenar campos adicionales como «Tipo de documento identificativos», «País de expedición del documento», «Número del documento», «Apellidos y Nombre o Razón Social» y «Dirección». Estas instrucciones buscan garantizar la correcta identificación del deudor y la correcta tramitación del pago, incluso cuando no se dispone de NIF o NIE. La resolución también incluye una disposición derogatoria única que anula la Resolución de 28 de abril de 2005, que reglamentaba situaciones similares. Por último, establece que la resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se enmarca dentro del marco regulatorio de la recaudación de recursos no tributarios y aduaneros, y busca garantizar la transparencia y la eficacia en el procedimiento de pago, especialmente en casos donde la identificación del deudor no esté disponible. La resolución se aplica a todos los Delegados de Economía y Hacienda, quienes deben cumplir con estas instrucciones en la expedición de los documentos de ingreso. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece instrucciones claras para la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en casos de carencia de NIF o NIE. Sustituye a una norma anterior y entra en vigor tras su publicación. Regula aspectos clave como el código de ingreso no tributario y la información a incluir en los documentos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Objeto**: Establece instrucciones para cumplimentar modelos 060 y 069 en casos de carencia de NIF o NIE. ⚠️ **Derogación**: Sustituye a la resolución de 2005. 📋 **Instrucciones detalladas**: Incluye código de ingreso no tributario y campos adicionales a rellenar. ℹ️ **Entrada en vigor**: Vence el día siguiente a su publicación en el B.O.E. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 26 de diciembre de 2017 - **Materias**: Recaudación, identificación fiscal, modelos de ingreso, obligado al pago - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2017, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas (CCAA) que regulaban la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en ausencia de NIF o NIE, lo que generaba una falta de armonización y claridad. Esta resolución establece un marco uniforme a nivel estatal, sustituyendo las normas anteriores y facilitando la aplicación coherente en toda la Administración Pública. Su importancia radica en la simplificación del procedimiento fiscal y la mejora de la transparencia en la gestión de obligaciones tributarias, alineándose con los principios de la Unión Europea sobre transparencia y eficacia en la recaudación.

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