Auto de 16 de noviembre de 2017, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que rectifica el error material advertido en la parte dispositiva de la sentencia de 25 de octubre de 2017, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1379/2016, en el sentido de que donde dice: "recurso contencioso-administrativo 428/2014.", debe decir: "recurso contencioso-administrativo 1379/2016.".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Auto de 16 de noviembre de 2017, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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En la sentencia original, se mencionaba erróneamente el recurso 428/2014 en lugar del 1379/2016. La Sala Tercera acuerda rectificar este error, indicando claramente que donde se dice «recurso contencioso-administrativo 428/2014…», debe decir «recurso contencioso-administrativo 1379/2016…». Este tipo de corrección es habitual en el derecho procesal cuando se detecta un error material en la redacción de un documento judicial, ya sea en la numeración, en la denominación o en la referencia a otros recursos. El Tribunal Supremo, al corregir este error, no modifica el contenido sustancial de la sentencia, sino que asegura la precisión y la claridad en la redacción de sus decisiones. En este caso, el error no afecta a la valoración jurídica ni a los fundamentos de la sentencia, sino únicamente a su redacción. Por tanto, el auto de aclaración no introduce cambios en el contenido jurídico de la sentencia, sino que garantiza su correcta interpretación. La corrección se efectúa mediante la modificación de la parte dispositiva de la sentencia, lo que implica que el error se corrige en el texto final del fallo, sin alterar el resto del contenido. Este procedimiento es válido y está previsto en el derecho procesal español, ya que permite corregir errores materiales sin afectar a la validez del fallo. En concreto, el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil establece que el juez puede corregir errores materiales en los documentos judiciales, siempre que no afecten a la esencia del fallo. En este caso, el error no afecta a la esencia del fallo, sino únicamente a su redacción, por lo que la corrección es válida y no implica una nueva decisión judicial. Por otro lado, el artículo 443 del mismo código establece que la corrección de errores materiales no requiere la intervención de los interesados, salvo que afecte a sus derechos. En este caso, la corrección no afecta a los derechos de los interesados, por lo que no es necesario notificarla a terceros. Asimismo, el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil establece que la corrección de errores materiales debe hacerse en el acto, lo que se cumple en este caso, ya que el auto de aclaración se dicta en el mismo momento en que se detecta el error. En consecuencia, el auto de 16 de noviembre de 2017 es una corrección válida y procedente, que no modifica el contenido sustancial de la sentencia, sino que asegura su correcta redacción. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo corrige un error material en la redacción de una sentencia anterior. El error no afecta al contenido jurídico del fallo, sino únicamente a su numeración. La corrección se realiza mediante un auto de aclaración, sin alterar el sentido del fallo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error material**: El Tribunal Supremo corrige un error en la numeración del recurso mencionado en la sentencia. ⚠️ **No afecta al contenido sustancial**: La corrección no modifica el sentido del fallo, solo su redacción. 📋 **Auto de aclaración**: Se dicta un auto para corregir el error, sin alterar el contenido del fallo. ℹ️ **Procedimiento válido**: La corrección se realiza conforme a lo establecido en el derecho procesal español. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Tribunal Supremo - **Tipo**: Auto - **Fecha**: 16 de noviembre de 2017 - **Materias**: Procedimiento judicial, corrección de errores, recursos contencioso-administrativos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, error material, corrección, recurso contencioso-administrativo, auto de aclaración ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 2017, las normas estatales y europeas permitían la corrección de errores materiales en sentencias judiciales, aunque con limitaciones en su aplicación. En el contexto de las comunidades autónomas, la jurisprudencia estatal establecía que los errores en la parte dispositiva podían ser corregidos mediante autos de aclaración, siempre que no afectaran al fondo del asunto. Este auto refleja la importancia de la precisión en la redacción judicial, ya que un error en el número del recurso puede generar confusiones en el seguimiento del proceso, afectando la transparencia y la seguridad jurídica.