Orden HFP/293/2018, de 15 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/293/2018, de 15 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3482/200 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/293/2018 modifica la Orden EHA/3482/2007 para actualizar y refundir modelos de declaración y normas relacionadas con los Impuestos Especiales de Fabricación y el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, incorporando cambios derivados del Real Decreto 1075/2017. 2. **CONTEXTO** La Orden HFP/293/2018 se emite como respuesta a modificaciones introducidas por el Real Decreto 1075/2017, que actualiza el Reglamento de los Impuestos Especiales. Estas modificaciones afectan artículos y anexos de la Orden EHA/3482/2007, incluyendo la creación de nuevos artículos y anexos para adaptarse a nuevas obligaciones fiscales. La norma busca simplificar y actualizar la gestión fiscal de diversos sectores, como la producción de cerveza, el uso de gasóleo bonificado y las labores del tabaco. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/293/2018 introduce una serie de modificaciones a la Orden EHA/3482/2007, que se enmarcan en el marco del Real Decreto 1075/2017, que actualiza el Reglamento de los Impuestos Especiales. Estas modificaciones afectan principalmente a los artículos 2, 6 y 15 de la Orden EHA/3482/2007, así como a sus anexos XV y XLII, y se extienden a la creación de un nuevo artículo 18 que aprueba modelos de declaración de gasóleo bonificado. En concreto, la modificación del artículo 60 del Reglamento de Impuestos Especiales, introducida por la Orden HFP/293/2018, simplifica las obligaciones contables de los fabricantes de cerveza al eximirles de la contabilización de ingredientes que no tienen incidencia fiscal, como aquellos que no aportan extracto. Esto se hace para evitar la duplicación de información y facilitar la gestión contable. Además, se modifica el modelo 558, que se encuentra en el artículo 2, apartado 3, letra f), de la Orden EHA/3482/2007, para que refleje adecuadamente los movimientos de materias primas y productos terminados en las fábricas de cerveza. Otra importante modificación se encuentra en el artículo 33 del Reglamento de Impuestos Especiales, donde se actualizan las letras a) de los apartados 3 y 5. Esta modificación afecta a los representantes fiscales de vendedores a distancia, quienes ahora deben presentar ante la oficina gestora correspondiente ciertos documentos, como la declaración de operaciones y la información sobre los consumidores finales. Además, la Orden HFP/293/2018 introduce nuevos anexos para el modelo de declaración de gasóleo bonificado, en función de que la declaración cubra un único suministro o varios suministros al mismo consumidor final. Estos anexos se refieren al artículo 106.4 del Reglamento de Impuestos Especiales, que establece las obligaciones de los consumidores finales de gasóleo bonificado. En cuanto a los modelos de declaración, la norma se enfoca en la actualización de los formatos para garantizar que reflejen correctamente las operaciones y obligaciones fiscales de los distintos sectores afectados. Estos modelos incluyen, entre otros, los relacionados con el gasóleo bonificado, las labores del tabaco, las bebidas alcohólicas y los depósitos fiscales. La norma también establece categorías para los distintos usuarios del gasóleo bonificado, como GP (Instalaciones de consumo propio de gasóleo profesional), HA (Titulares de aeronaves que utilizan instalaciones privadas), HC (Explotaciones industriales y proyectos piloto con derecho a devolución), HE (Los demás usuarios con derecho a exención), HP (Inyección en altos hornos), HQ (Construcción, modificación, pruebas y mantenimiento de aeronaves y embarcaciones), HR (Producción de electricidad en centrales eléctricas o producción de electricidad o cogeneración de electricidad y de calor en centrales combinadas), HS (Transporte por ferrocarril), HW (Consumidores finales del gasóleo del epígrafe 1.4 del artículo 50 de la Ley que lo reciben mediante la importación o por procedimientos de circulación intracomunitaria), y HY (Consumidores finales de gasóleo del epígrafe 1.16 del artículo 50 de la Ley). Asimismo, la norma incluye categorías relacionadas con el Impuesto sobre las Labores del Tabaco, como T1 (Fábricas de labores del tabaco), T2 (Establecimientos en los que se lleva a cabo la primera transformación del tabaco crudo), OT (Destinatarios registrados de labores del tabaco), T7 (Depósitos fiscales de labores del tabaco), TT (Almacenes fiscales de labores del tabaco), y otras categorías comunes a varios impuestos especiales, como AF (Almacenes fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco), DF (Depósitos fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco), DM (Depósitos fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco situados en puertos y aeropuertos y que funcionan exclusivamente como establecimientos minoristas), DP (Depósitos fiscales para el suministro de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco para consumo o venta a bordo de buques y/o aeronaves), OR (Destinatarios registrados de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco), PF (Industrias o usuarios en régimen de perfeccionamiento fiscal), RF (Representantes fiscales), VD (Empresas de ventas a distancia), y ER (Expedidores registrados). Estas categorías permiten una clasificación precisa de los distintos usuarios y operaciones que están sujetas a los impuestos especiales, facilitando la gestión fiscal y la aplicación correcta de las normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/293/2018 actualiza y refunde modelos de declaración y normas fiscales relacionadas con los Impuestos Especiales, incorporando cambios derivados del Real Decreto 1075/2017. Estas modificaciones buscan simplificar la gestión fiscal y adaptar los modelos a nuevas obligaciones. La norma afecta a diversos sectores, como la producción de cerveza, el uso de gasóleo bonificado y las labores del tabaco. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a la Orden EHA/3482/2007**: Se actualizan modelos de declaración y se incorporan nuevos artículos y anexos. ⚠️ **Simplificación de obligaciones contables**: Se exime a los fabricantes de cerveza de la contabilización de ingredientes sin incidencia fiscal. 📋 **Nuevos modelos de declaración**: Se crean nuevos anexos para la declaración de gasóleo bonificado. ℹ️ **Categorías de usuarios**: Se establecen distintas categorías para los usuarios del gasóleo bonificado y las labores del tabaco. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/293/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de marzo de 2018 - **Materias**: Impuestos Especiales de Fabricación, Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, Labores del Tabaco - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/293/2018, las normas relacionadas con los Impuestos Especiales de Fabricación y el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos estaban dispersas y no actualizadas, lo que generaba complejidades en su aplicación. La Orden EHA/3482/2007 establecía modelos y procedimientos, pero no incorporaba los cambios derivados del Real Decreto 1075/2017. La nueva norma busca armonizar y simplificar el marco jurídico, adaptándose a la normativa estatal y europea, lo cual es relevante para garantizar la coherencia fiscal y facilitar la cumplimentación de obligaciones en sectores como el tabaco, la cerveza y los hidrocarburos.