Orden HFP/292/2018, de 15 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3947/2006, de 21 de diciembre, por la que se aprueban los modelos, plazos, requisitos y condiciones para la presentación e ingreso de la declaración-liquidación y de la declaración resumen anual de operaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón y se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/292/2018, de 15 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3947/200 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/292/2018 modifica la Orden EHA/3947/2006 para permitir la presentación centralizada de autoliquidaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón por contribuyentes con múltiples establecimientos, mediante una única declaración telemática. 2. **CONTEXTO** La Orden HFP/292/2018 se emite en el marco de la Ley 22/2005, que regula el Impuesto Especial sobre el Carbón. Esta norma modifica la Orden EHA/3947/2006, que establece los modelos y plazos de declaración. El Real Decreto 1075/2017 ya permitía la centralización de autoliquidaciones, pero esta Orden amplía y formaliza dicha posibilidad. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 15 de marzo de 2018. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/292/2018 modifica la Orden EHA/3947/2006, de 21 de diciembre de 2006, que establece los modelos, plazos, requisitos y condiciones para la presentación e ingreso de la declaración-liquidación y la declaración resumen anual del Impuesto Especial sobre el Carbón. La modificación se efectúa mediante el artículo único de la Orden HFP/292/2018, que establece cambios específicos en el modelo de declaración y en las condiciones de presentación. En concreto, el artículo único de la Orden HFP/292/2018 modifica el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 1 de la Orden EHA/3947/2006. Este párrafo establece que la presentación de la declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre el Carbón solo podrá efectuarse por vía telemática, en las condiciones y de acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 2 y 3 de la Orden EHA/3947/2006. Además, se permite a los contribuyentes con varios establecimientos o lugares de recepción solicitar a la oficina gestora la presentación centralizada de la autoliquidación. Concedida la autorización, realizarán de forma centralizada la presentación de esta autoliquidación y el ingreso simultáneo de la deuda tributaria, mediante una única autoliquidación tributaria por cada contribuyente. También se sustituye el anexo I de la Orden EHA/3947/2006, modelo 595, por el anexo que figura como anexo I de la presente Orden. Este anexo detalla el formato electrónico del modelo 595, que corresponde a la declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre el Carbón. La Orden HFP/292/2018 se regula en el marco de la Ley 22/2005, que incorpora directivas comunitarias en materia de fiscalidad de productos energéticos y electricidad, y que establece el régimen fiscal del Impuesto Especial sobre el Carbón. El artículo 86.1 de la Ley de Impuestos Especiales prevé la obligación de los sujetos pasivos de presentar trimestralmente una declaración-liquidación comprensiva de las cuotas devengadas, así como efectuar el pago de la deuda tributaria. Además, el artículo 86.3 habilita al Ministro de Economía y Hacienda para establecer los modelos, plazos, requisitos y condiciones para la presentación de las declaraciones. El Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, ya permitía la centralización de autoliquidaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón, pero esta Orden HFP/292/2018 formaliza y amplía dicha posibilidad, facilitando la gestión de contribuyentes con múltiples establecimientos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/292/2018 modifica la Orden EHA/3947/2006 para permitir la presentación centralizada de autoliquidaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón. Esta modificación facilita la gestión de contribuyentes con múltiples establecimientos, permitiendo una única declaración telemática. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Orden EHA/3947/2006**: Se permite la presentación centralizada de autoliquidaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón. ⚠️ **Autorización de la oficina gestora**: Es necesario solicitar autorización para la centralización de la presentación. 📋 **Formato electrónico**: Se sustituye el modelo 595 por un nuevo formato electrónico. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/292/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de marzo de 2018 - **Materias**: Impuesto Especial sobre el Carbón, declaración-liquidación, centralización de autoliquidaciones, gestión tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/292/2018, el sistema de declaración del Impuesto Especial sobre el Carbón exigía que los contribuyentes con múltiples establecimientos presentaran autoliquidaciones individuales para cada uno, lo cual generaba trámites redundantes. Esta norma introduce una solución más eficiente al permitir la presentación centralizada, una innovación que contrasta con el marco estatal anterior, que no contemplaba esta posibilidad. A diferencia de las normas de las Comunidades Autónomas, que en algunos casos ya permitían cierta centralización, la Orden HFP/292/2018 formaliza y amplía esta medida a nivel estatal, mejorando la eficacia recaudatoria y reduciendo la carga administrativa. Este cambio refleja una evolución hacia sistemas más integrados y eficientes, alineándose con tendencias de simplificación fiscal en la Unión Europea.