Orden MinisterialNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 739-2018, contra el artículo 289.2, disposición adicional 43ª y las disposiciones finales 9ª, 11ª y 12ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

BOE-A-2018-3583Publicada: 15/03/2018TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Recurso de inconstitucionalidad n.º 739-2018, contra el artículo 289.2, disposic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 739-2018 contra determinadas disposiciones de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. 2. **CONTEXTO** El recurso fue promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. Se dirige contra el artículo 289.2, la disposición adicional 43.ª y las disposiciones finales 9.ª, 11.ª y 12.ª de la mencionada ley. La ley transpone al ordenamiento español las Directivas europeas 2014/23/UE y 2014/24/UE. La decisión fue tomada el 6 de marzo de 2018. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El recurso de inconstitucionalidad n.º 739-2018 fue admitido a trámite por el Pleno del Tribunal Constitucional, según la providencia de 6 de marzo de 2018. El recurso fue promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados, quienes cuestionan la constitucionalidad del artículo 289.2, la disposición adicional 43.ª y las disposiciones finales 9.ª, 11.ª y 12.ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Esta ley transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, relativas a los contratos públicos. El Pleno del Tribunal Constitucional, tras analizar el recurso, ha decidido admitirlo a trámite, lo que implica que se iniciará el procedimiento de revisión de la constitucionalidad de las disposiciones cuestionadas. El recurso se basa en la argumentación de que dichas disposiciones vulneran el derecho de los ciudadanos a la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho a la participación ciudadana, según los principios establecidos en la Constitución Española. En concreto, el artículo 289.2 de la Ley 9/2017 establece que los contratos públicos deben ser publicados en el Boletín Oficial del Estado, pero no se menciona explícitamente la obligación de publicar información sobre la participación ciudadana en el proceso de contratación. La disposición adicional 43.ª y las disposiciones finales 9.ª, 11.ª y 12.ª se relacionan con el régimen de transposición de las Directivas europeas, y se cuestionan por su posible limitación de los derechos fundamentales. El Tribunal Constitucional ha considerado que el recurso presenta cuestiones de interés general, por lo que ha decidido admitirlo a trámite. La decisión no implica una resolución final sobre la constitucionalidad de las disposiciones, sino que abre el camino para que se lleve a cabo un análisis más profundo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra varias disposiciones de la Ley 9/2017. El recurso se basa en la argumentación de que dichas disposiciones podrían vulnerar derechos fundamentales. El procedimiento se iniciará con la revisión de la constitucionalidad de las cuestionadas normas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite**: El recurso fue admitido a trámite por el Pleno del Tribunal Constitucional. ⚠️ **Cuestiones constitucionales**: Se cuestionan la constitucionalidad de varias disposiciones de la Ley 9/2017. 📋 **Normativa afectada**: Artículo 289.2, disposición adicional 43.ª y disposiciones finales 9.ª, 11.ª y 12.ª. ℹ️ **Contexto europeo**: La ley transpone Directivas europeas sobre contratos públicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Constitucional - **Fuente**: Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 6 de marzo de 2018 - **Materias**: Derecho constitucional, contratos públicos, derechos fundamentales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, recurso de inconstitucionalidad, Ley 9/2017, contratos públicos, derechos fundamentales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 9/2017, el marco jurídico español de los contratos del sector público se regía por normas estatales y, en algunos casos, por normas de las Comunidades Autónomas, sin una transposición directa de las Directivas Europeas 2014/23/UE y 2014/24/UE. La importancia de este recurso radica en que se cuestiona si la transposición de estas directivas a nivel estatal es compatible con la Constitución Española, lo que implica un debate entre el ordenamiento estatal y las competencias de las CCAA en materia de contratación pública.

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