Orden HFP/457/2018, de 30 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/457/2018, de 30 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/1049/200 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/457/2018 modifica la Orden EHA/1049/2008 para establecer la coordinación de la vigencia de contratos de suministros, obras y servicios de contratación centralizada y establece una delegación de competencias en materia de gestión presupuestaria. 2. **CONTEXTO** La Orden HFP/457/2018 se basa en el artículo 229.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que permite al Ministro de Hacienda y Función Pública declarar ciertos suministros, obras y servicios como de contratación centralizada. La norma busca garantizar la coherencia entre los contratos de larga duración y los nuevos procesos de centralización. La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación analiza qué suministros, obras y servicios pueden ser declarados de contratación centralizada. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/457/2018 modifica la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, para establecer que la Administración General del Estado y demás entidades comprendidas en el ámbito subjetivo obligatorio de la Central de Contratación del Estado deberán recabar el informe favorable de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación para tramitar contratos cuya duración sea superior a un año, prorrogable por un año adicional, cuando su objeto consista en aquellos suministros, obras y servicios que, por Resolución de la citada Dirección General, se identifiquen como susceptibles de ser próximamente declarados de contratación centralizada por el Ministro de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 229.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Esta norma busca evitar conflictos entre los contratos de larga duración ya celebrados y los nuevos procesos de contratación centralizada, garantizando que los acuerdos marco, sistemas dinámicos de contratación o contratos centralizados no se vean afectados por la vigencia de contratos anteriores. La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, en el ejercicio de sus funciones, analizará previamente los suministros, obras y servicios que puedan ser declarados de contratación centralizada, y determinará el ámbito en el que se requiere la coordinación de la vigencia de los contratos. Además, la Orden incluye una disposición final primera que modifica la Orden HAP/1714/2016, de 27 de octubre, por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de Secretarios de Estado, y se delegan determinadas competencias dentro del Ministerio. Se añade un nuevo apartado 4 en el artículo 2, que establece la delegación por los titulares de las Secretarías de Estado en el titular de la Subsecretaría de la competencia para la convocatoria y resolución de la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en el ámbito de su respectiva competencia. Los actuales apartados 4, 5 y 6 del artículo 2 pasan a numerarse como apartados 5, 6 y 7. La Orden HFP/457/2018 entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Fue firmada por el Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero, en Madrid, el 30 de abril de 2018. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/457/2018 establece la coordinación de la vigencia de contratos de contratación centralizada y modifica competencias de gestión presupuestaria. Se busca garantizar la coherencia entre los contratos anteriores y los nuevos procesos de centralización. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Coordinación de vigencia de contratos**: Se establece la necesidad de informe previo para contratos de más de un año en suministros, obras y servicios susceptibles de contratación centralizada. ⚠️ **Evitar conflictos**: Se busca evitar que los contratos de larga duración afecten a los nuevos procesos de centralización. 📋 **Análisis previo**: La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación analiza qué suministros, obras y servicios pueden ser declarados de contratación centralizada. ℹ️ **Modificaciones en competencias**: Se delega la competencia en la provisión de puestos de trabajo por libre designación en el ámbito de las Secretarías de Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/457/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de abril de 2018 - **Materias**: Contratación pública, centralización, gestión presupuestaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/457/2018, la normativa estatal sobre contratación centralizada se regía principalmente por la Orden EHA/1049/2008, que establecía los criterios para la declaración de bienes y servicios de contratación centralizada. Antes de esta modificación, no existía una coordinación clara entre los contratos de larga duración y los procesos de centralización, lo que generaba incoherencias en la gestión presupuestaria. La norma busca alinear la práctica con el marco legal de la Ley 9/2017, que otorga competencias al Ministerio de Hacienda para declarar servicios como de contratación centralizada, reforzando así la coherencia entre las CCAA, el Estado y la UE en materia de gestión contractual eficiente y transparente.