Sentencia de 27 de febrero de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso interpuesto contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución para las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016, declara la nulidad del valor del coeficiente λbase establecido para Endesa Distribución Eléctrica, SL, en su anexo I y declara el derecho de ésta a ser indemnizada por los daños y perjuicios derivados de su aplicación, deb
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 27 de febrero de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara nula la aplicación del coeficiente λbase establecido para la empresa en el anexo I de dicha orden. En su fallo, se establece que la Administración debe aprobar en un plazo de cuatro meses el valor que sustituirá al coeficiente anulado. Además, se reconoce a Endesa el derecho a indemnización por los daños y perjuicios derivados de la aplicación del coeficiente λbase anulado. La indemnización se determina como la diferencia entre la retribución obtenida con el valor anulado y la que se obtendría con el nuevo valor, incrementándose con el interés legal desde la fecha de su aplicación. Las demás pretensiones anulatorias e indemnizatorias formuladas por la demandante son desestimadas, y no se imponen costas procesales a ninguna de las partes. La sentencia se basa en el derecho a la protección de los derechos de propiedad y en la legalidad de las normas administrativas. El Tribunal Supremo ha aplicado el principio de legalidad, determinando que la Orden IET/980/2016 no cumplió con los requisitos legales necesarios para la fijación del coeficiente λbase, lo que generó una irregularidad en el cálculo de la retribución. En este sentido, se refiere al art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Legal de las Administraciones Públicas, que establece que las normas deben ser claras, precisas y no generen incertidumbre. Asimismo, se aplica el art. 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha resuelto que la nulidad del coeficiente λbase no implica la nulidad total de la Orden IET/980/2016, sino solo de su aplicación específica a Endesa Distribución Eléctrica, S.L. Esto se fundamenta en el principio de proporcionalidad y en la necesidad de evitar un impacto excesivo en la Administración. Por otro lado, la indemnización se fundamenta en el derecho a la reparación de daños, según el art. 19.1 de la Ley 39/2015, que establece que las Administraciones Públicas deben indemnizar los daños causados por su actuación. La determinación de la cuantía de la indemnización se deja a la ejecución de la sentencia, lo que permite una evaluación más precisa de los daños sufridos por la empresa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia declara nulo el coeficiente λbase aplicado a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., y reconoce su derecho a indemnización. La Administración debe sustituir el coeficiente en un plazo de cuatro meses y fijar la indemnización en ejecución de la sentencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad del coeficiente λbase**: La Sala Tercera declara nulo el valor del coeficiente λbase establecido para Endesa Distribución Eléctrica, S.L. ⚠️ **Indemnización por daños**: La empresa tiene derecho a ser indemnizada por los perjuicios derivados de la aplicación del coeficiente anulado. 📋 **Plazo para sustituir el coeficiente**: La Administración debe aprobar un nuevo valor en un plazo de cuatro meses. ℹ️ **Desestimación de otras pretensiones**: Las demás demandas de nulidad e indemnización formuladas por Endesa son desestimadas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Contencioso-administrativo - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, 27 de febrero de 2018 - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 27 de febrero de 2018 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de la energía, derecho de la empresa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, coeficiente λbase, indemnización, retribución eléctrica, nulidad administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta sentencia, el marco normativo en materia de retribuciones para empresas de distribución eléctrica se regía principalmente por normas estatales y europeas, como el Reglamento (CE) n.º 1228/2003, que establecía un marco general para la liberalización del mercado eléctrico. La normativa estatal, a través de órdenes ministeriales, aplicaba criterios específicos, como el coeficiente λbase, para fijar retribuciones. La importancia de esta sentencia radica en que el Tribunal Supremo pone límites a la discrecionalidad de la Administración, exigiendo una aplicación conforme a derecho y garantizando derechos indemnizatorios cuando se producen errores en la fijación de dichas retribuciones.