Orden HFP/386/2018, de 13 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/386/2018, de 13 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/2027/200 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1071/2017 modifica la Orden EHA/2027/2007 para anticipar el momento en que las entidades colaboradoras deben ingresar en el Banco de España las cantidades recaudadas en relación con autoliquidaciones cuyos plazos de pago han sido modificados por la Orden HFP/417/2017. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 939/2005 establece el Reglamento General de Recaudación, que regula los plazos de ingreso de las entidades colaboradoras. En 2017, se introdujeron modificaciones en este reglamento mediante el Real Decreto 1071/2017, entre ellas, la posibilidad de establecer plazos de ingreso diferentes mediante orden ministerial. La Orden HFP/417/2017 modificó los plazos de autoliquidación e ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que generó la necesidad de ajustar los plazos de ingreso de las entidades colaboradoras. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre de 2017, introduce modificaciones en la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio de 2007, que desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación. Estas modificaciones se realizan con el objetivo de adaptar los plazos de ingreso de las entidades colaboradoras a los cambios introducidos en la Orden HFP/417/2017, que regulan las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido. En concreto, el Real Decreto 1071/2017 modifica el apartado 1 del artículo 29 del Reglamento General de Recaudación, permitiendo que, mediante orden ministerial, se establezcan plazos de ingreso diferentes a los generales. Esta flexibilidad se utiliza para anticipar el momento en que las entidades colaboradoras deben ingresar en el Banco de España las cantidades recaudadas en relación con autoliquidaciones cuyos plazos de pago han sido modificados por la Orden HFP/417/2017. Además, se añade un nuevo Anexo XVII a la Orden EHA/2027/2007, que detalla los modelos de autoliquidación cuyo ingreso debe ser anticipado por las entidades colaboradoras. Este anexo incluye los modelos 303 y 353 del Impuesto sobre el Valor Añadido, con periodos de ingreso correspondientes a los meses (M 01 a 12) y la cuarta trimestral (4T). La modificación busca evitar que los plazos de autoliquidación e ingreso establecidos en la Orden HFP/417/2017 repercutan negativamente en la gestión de tesorería del Estado. Para ello, se anticipa el momento de ingreso de las cantidades recaudadas por las entidades colaboradoras, lo que permite una mejor sincronización entre los plazos de pago y los de ingreso. La Orden EHA/2027/2007, modificada por el Real Decreto 1071/2017, se aplica a las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 13 de abril de 2018, entrando en vigor el día siguiente. No obstante, los apartados tres y cinco de su artículo único no serán de aplicación hasta que, en los términos previstos en el artículo 29 del Reglamento General de Recaudación, se inicie la primera quincena del mes de agosto de 2018. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1071/2017 modifica la Orden EHA/2027/2007 para anticipar el ingreso de las entidades colaboradoras en el Banco de España en relación con autoliquidaciones cuyos plazos han sido modificados. Esta medida busca evitar retrasos en la tesorería del Estado y garantizar una gestión más eficiente de los ingresos tributarios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de plazos de ingreso**: Se permite establecer plazos diferentes mediante orden ministerial, con el objetivo de adaptarse a cambios en los plazos de autoliquidación. ⚠️ **Anticipación del ingreso**: Las entidades colaboradoras deben ingresar en el Banco de España las cantidades recaudadas en relación con autoliquidaciones modificadas. 📋 **Anexo XVII**: Se añade un nuevo anexo con modelos de autoliquidación cuyo ingreso debe ser anticipado. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación, aunque ciertos apartados se aplican a partir de agosto de 2018. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1071/2017 - **Tipo**: Modificación de orden ministerial - **Fecha**: 29 de diciembre de 2017 - **Materias**: Recaudación tributaria, entidades colaboradoras, Impuesto sobre el Valor Añadido - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/386/2018, el Reglamento General de Recaudación, vigente desde el Real Decreto 939/2005, establecía plazos fijos para el ingreso de las entidades colaboradoras en el Banco de España. En 2017, el Real Decreto 1071/2017 permitió la modificación de estos plazos mediante orden ministerial, como se hizo con la Orden HFP/417/2017, que ajustó los plazos de autoliquidación del IVA. La Orden HFP/386/2018 refleja una evolución en la regulación estatal, al adaptar los plazos de ingreso a los cambios introducidos, lo que importa para garantizar la coherencia entre las normas estatales, autonómicas y europeas en materia de recaudación.