Resolución de 6 de abril de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 6 de abril de 2018, de la Dirección General de Política Energética ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 6 de abril de 2018 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, entrando en vigor el 17 de abril de 2018. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se publica en el marco del régimen tarifario regulado por la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005, que otorgan al Ministerio de Energía la competencia para fijar precios y tarifas de los gases licuados del petróleo. La norma reemplaza una anterior orden de 1998 y establece un sistema de determinación automática de precios. La resolución también establece reglas para la aplicación de los nuevos precios a suministros pendientes de ejecución y a facturaciones posteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 6 de abril de 2018, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización. Esta norma se basa en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que otorga al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital la competencia para dictar disposiciones sobre tarifas y precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, así como los precios de cesión para los distribuidores. Asimismo, se refiere al artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad, que establece que mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se dictarán las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de venta del gas natural, gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización, estableciendo los valores concretos de dichas tarifas y precios o un sistema de determinación y actualización automática de las mismas. Las tarifas de venta a los usuarios serán únicas para todo el territorio nacional, sin perjuicio de sus especialidades. La resolución establece que los nuevos precios entrarán en vigor el 17 de abril de 2018, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se entienden por suministros pendientes de ejecución aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día 17 de abril de 2018. En cuanto a la facturación, se establece que las facturaciones de los consumos correspondientes a los suministros de gases licuados del petróleo por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha del 17 de abril de 2018, o en su caso del día a partir del cual produzcan efectos o entren en vigor otras resoluciones u órdenes anteriores o posteriores relativas al mismo período de facturación, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas, aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios que correspondan a las distintas resoluciones u órdenes aplicables. Las empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización deberán adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios de gases licuados del petróleo por canalización a que se refiere la presente resolución. La resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 17 de abril de 2018. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, entrando en vigor el 17 de abril de 2018. Establece reglas para su aplicación a suministros pendientes y facturaciones posteriores. Las empresas distribuidoras deben aplicar correctamente los nuevos precios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de nuevos precios**: La resolución fija los nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización. ⚠️ **Fecha de entrada en vigor**: Los nuevos precios surten efecto el 17 de abril de 2018, aunque los pedidos anteriores pueden seguir aplicándose. 📋 **Aplicación a suministros pendientes**: Se establecen reglas para la aplicación de los nuevos precios a suministros que no se hayan ejecutado al día 17 de abril. ℹ️ **Procedimiento de facturación**: Las facturaciones posteriores se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo entre los días anteriores y posteriores a la fecha de entrada en vigor. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 6 de abril de 2018 - **Materias**: Energía, Hidrocarburos, Tarifas, Precios, Distribución de gases - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2018, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización estaban regulados por una orden de 1998, vigente bajo el régimen tarifario establecido por la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005, que otorgaban al Ministerio de Energía la competencia para fijar tarifas. Esta norma se aplicaba a nivel estatal, mientras que en las Comunidades Autónomas (CCAA) existían regulaciones propias, aunque en muchos casos se alineaban con el marco estatal. La importancia de esta resolución radica en su actualización del sistema de fijación de precios, introduciendo un mecanismo automático y aplicable a suministros pendientes, lo que mejora la transparencia y la eficacia del régimen tarifario.