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Resolución de 24 de mayo de 2018, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2018 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

BOE-A-2018-7638Publicada: 08/06/2018MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de mayo de 2018, del Departamento de Recaudación de la Agencia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de mayo de 2018 modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de las cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2018 y establece el lugar de pago de dichas cuotas. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se dicta en el marco del sistema tributario español, regulado por leyes como la Ley 39/1988 y la Ley 58/2003. El objetivo es regular la recaudación de las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas. La norma establece cómo se realizará el pago y cuál será el plazo para hacerlo en periodo voluntario. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de mayo de 2018, dictada por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, establece dos principales cambios en la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) del ejercicio 2018. En primer lugar, se define el lugar de pago de las cuotas nacionales y provinciales. Para las cuotas nacionales, el pago se realizará a través de las entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que se enviará al contribuyente. Si el documento no se recibe o se extravió, el pago deberá realizarse en la delegación o administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente. Para las cuotas provinciales, el pago se realizará en la administración correspondiente a la provincia donde se realice la actividad. En segundo lugar, se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario. El nuevo plazo se establece entre el 17 de septiembre y el 20 de noviembre de 2018, ambos inclusive. Este plazo se aplica a las cuotas mencionadas en el apartado anterior. La base legal de esta resolución se encuentra en diversas normas. La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, establece el marco general del IAE en sus artículos 79 a 92. El Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que aprobó las tarifas e Instrucción del Impuesto, en su Regla 17.ª, señala que las cuotas nacionales y provinciales serán recaudadas por la Administración Tributaria Estatal. El artículo 23 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, permite la recaudación de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva mediante diversas modalidades, incluyendo el uso de entidades de crédito colaboradoras. Además, el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, otorga a la Administración Tributaria la facultad de modificar el plazo de ingreso en periodo voluntario de las deudas referidas en el artículo 23 del Reglamento General de Recaudación. Por su parte, la Orden PRE/3851/2007, de 10 de diciembre, atribuye al titular del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia de modificar el plazo voluntario de ingreso de las deudas de notificación colectiva y periódica cuya gestión se realice por la mencionada Agencia. Estas normas le otorgan al Departamento de Recaudación la competencia para dictar esta resolución, ya que se trata de una modificación del plazo de ingreso en periodo voluntario, una medida que afecta directamente a la recaudación del IAE. La resolución establece un nuevo plazo que se extiende hasta el 20 de noviembre de 2018, lo que permite al contribuyente realizar el pago dentro de un periodo más amplio. La resolución también establece el lugar de pago de las cuotas, lo cual es relevante para garantizar que el contribuyente realice el pago correctamente. En caso de que el documento de ingreso no se reciba, el contribuyente deberá acudir a la delegación o administración correspondiente, lo que facilita la recaudación y evita la pérdida de ingresos por parte de la Administración. En resumen, esta resolución se fundamenta en la legislación tributaria vigente, y su objetivo es regular de manera clara y precisa la recaudación del IAE del ejercicio 2018, facilitando el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece un nuevo plazo para el pago en periodo voluntario del IAE 2018 y define el lugar de pago. Se basa en normas vigentes y se dicta con la competencia legal correspondiente. La medida busca facilitar la recaudación y garantizar el cumplimiento fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del plazo de pago en periodo voluntario**: Se establece un nuevo plazo del 17 de septiembre al 20 de noviembre de 2018. ⚠️ **Cambio en el lugar de pago**: El contribuyente debe acudir a la delegación correspondiente si no recibe el documento de ingreso. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en la Ley 39/1988, Ley 58/2003, Real Decreto 939/2005 y Orden PRE/3851/2007. ℹ️ **Competencia del Departamento de Recaudación**: La resolución se dicta con la competencia legal otorgada por la Orden PRE/3851/2007. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 24 de mayo de 2018 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de mayo de 2018 - **Materias**: Impuesto sobre Actividades Económicas, Recaudación, Plazo de pago, Periodo voluntario - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2018, el sistema de recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en España se regía por normas estatales y autonómicas, con plazos y lugares de pago definidos por cada comunidad autónoma y el Estado. Esta resolución introduce una regulación más uniforme, estableciendo un único lugar de pago para las cuotas nacionales y provinciales, lo que simplifica el proceso y mejora la eficiencia recaudatoria. Este cambio refleja una tendencia hacia una mayor coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas, alineándose con la normativa europea que busca armonizar los sistemas tributarios dentro de la Unión Europea. La importancia radica en la claridad y la eficacia en la gestión fiscal.

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