Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Política Ener ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de septiembre de 2018 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de septiembre de 2018. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la regulación del sector de hidrocarburos, concretamente en materia de tarifas y precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización. Se basa en la normativa vigente, incluyendo leyes y órdenes anteriores que establecen el marco legal para la fijación de precios y tarifas. La norma busca garantizar la transparencia y la actualización de los precios en el mercado energético. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de septiembre de 2018, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de septiembre de 2018. Esta resolución se fundamenta en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que otorga a la Ministra para la Transición Ecológica la competencia para dictar disposiciones sobre las tarifas de venta y precios de cesión de los gases licuados del petróleo por canalización. Asimismo, se apoya en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad, que establece que mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se dictarán las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, así como los precios de cesión para los distribuidores. La resolución establece que las tarifas de venta a los usuarios serán únicas para todo el territorio nacional, sin perjuicio de sus especialidades, según lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005. Además, se establece un sistema de determinación automática de los precios máximos aplicables a los suministros de los gases licuados del petróleo, tal como se estableció previamente en la Orden de 16 de julio de 1998, del Ministerio de Industria y Energía. La resolución también establece que los precios de venta se aplicarán a partir del 18 de septiembre de 2018, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se entienden por suministros pendientes de ejecución aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día 18 de septiembre de 2018. En cuanto a la facturación, se establece que las facturaciones de los consumos correspondientes a los suministros de gases licuados del petróleo por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha del 18 de septiembre de 2018, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a dicha fecha, aplicando a los consumos resultantes los precios que correspondan a las distintas resoluciones aplicables. Las empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización deberán adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios establecidos en la resolución. La resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 18 de septiembre de 2018. Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de septiembre de 2018. Estos precios se aplican a todos los usuarios, con tarifas únicas para todo el territorio nacional. Se establecen procedimientos para la facturación y la aplicación de los precios, así como mecanismos de recurso administrativo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de nuevos precios**: La resolución fija los nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de septiembre de 2018. ⚠️ **Aplicación a todos los usuarios**: Las tarifas son únicas para todo el territorio nacional, sin perjuicio de sus especialidades. 📋 **Procedimiento de facturación**: Se establece un sistema de reparto proporcional del consumo para facturas que incluyan la fecha de aplicación de la resolución. ℹ️ **Mecanismo de recurso**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en un plazo de un mes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de septiembre de 2018 - **Materias**: Energía, hidrocarburos, tarifas, precios, distribución de gases - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2018, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización estaban regulados por normativas estatales y, en algunos casos, por normas de las Comunidades Autónomas, lo que generaba incoherencias y falta de transparencia. La Resolución de 2018 estableció un marco uniforme a nivel estatal, reemplazando las regulaciones dispersas, con el objetivo de garantizar una gestión más eficiente y equitativa del mercado energético, alineándose con los principios de la Unión Europea sobre liberalización y competencia en el sector energético. Esto importa porque facilita la comparación entre regiones y mejora la previsibilidad para los consumidores y empresas.