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ResoluciónNacionalvigente

Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el Protocolo, firmados en Bruselas el 14 de junio de 1995, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 22 de junio de 2000 y por el Protocolo hecho en Bruselas el 2 de diciembre de 2009, hecho en Madrid el 15 de abril de 2014.

BOE-A-2018-10992Publicada: 02/08/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Protocolo modifica el Convenio entre España y Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, actualizando las normas de intercambio de información y la competencia de las autoridades fiscales. **2. CONTEXTO** El Convenio original fue firmado en 1995 y ha sido modificado en varias ocasiones, incluyendo en 2000 y 2009. El Protocolo de 2014 busca actualizar y mejorar su aplicación, especialmente en materia de intercambio de información y competencia de las autoridades fiscales. El Protocolo entró en vigor en 2018 tras cumplir los requisitos internos de ambas partes. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Protocolo modifica específicamente tres artículos del Convenio original: el artículo 3, el artículo 26 y el artículo III. En el artículo I, se modifica el apartado 1. h). 2.º del artículo 3, reemplazando la referencia a la autoridad fiscal de Bélgica con la indicación de que puede ser el Ministro de Hacienda del Gobierno federal, de una región o de una comunidad, o su representante autorizado. Este cambio refleja la complejidad territorial de Bélgica, que incluye múltiples comunidades y regiones con autonomía fiscal. En el artículo II, se modifica el apartado 1 del artículo 26, ampliando el alcance del intercambio de información. Se establece que las autoridades fiscales de los Estados contratantes intercambiarán información que pueda ser útil para aplicar el Convenio o para la administración del derecho fiscal interno. Además, se elimina la limitación previa establecida en los artículos 1 y 2, lo que permite un intercambio más amplio y flexible de información. Este cambio refuerza la cooperación fiscal entre España y Bélgica y facilita la lucha contra la evasión y el fraude fiscal. El artículo III establece el procedimiento para la entrada en vigor del Protocolo. Cada Estado contratante notificará al otro la conclusión de los procedimientos internos necesarios, y el Protocolo entrará en vigor en la fecha de la última notificación. Las disposiciones del Protocolo se aplicarán a partir del año siguiente a su entrada en vigor, tanto para impuestos debidos en la fuente como para otros impuestos relacionados con la renta y hechos imponibles posteriores. El artículo IV establece que el Protocolo formará parte integrante del Convenio y se aplicará mientras el Convenio esté vigente. Esto asegura que las modificaciones introducidas por el Protocolo tengan efecto legal y se integren en el marco jurídico bilateral. El Protocolo fue firmado en Madrid el 15 de abril de 2014 y entró en vigor el 24 de julio de 2018, fecha en la que se cumplieron los requisitos internos de ambas partes. Fue ratificado por representantes oficiales de España y Bélgica, incluyendo al Ministro de Hacienda de España y embajadores de Bélgica. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Protocolo actualiza el Convenio entre España y Bélgica para mejorar la cooperación fiscal, ampliar el intercambio de información y adaptarse a la estructura territorial de Bélgica. Su entrada en vigor en 2018 refuerza la lucha contra la evasión y el fraude fiscal en el ámbito bilateral. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones al Convenio**: Se actualizan las normas sobre competencia fiscal y intercambio de información. ⚠️ **Estructura territorial de Bélgica**: Se refleja en la modificación de la autoridad fiscal competente. 📋 **Procedimiento de entrada en vigor**: Se establece el mecanismo de notificación y vigencia. ℹ️ **Vigencia y aplicación**: El Protocolo se aplica mientras el Convenio esté vigente. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (España-Bélgica) - **Fuente**: Protocolo firmado en Madrid el 15 de abril de 2014 - **Tipo**: Protocolo de modificación de Convenio - **Fecha**: 15 de abril de 2014 (firma), 24 de julio de 2018 (entrada en vigor) - **Materias**: Fiscalidad, doble imposición, evasión fiscal, intercambio de información - **Relevancia**: ALTA (refuerza la cooperación fiscal entre España y Bélgica) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Protocolo de 2014, el Convenio entre España y Bélgica para evitar la doble imposición no contemplaba la compleja estructura territorial de Bélgica, que incluye comunidades y regiones con autonomía fiscal. Este Protocolo, junto con anteriores modificaciones en 2000 y 2009, actualiza las normas de intercambio de información y la competencia de las autoridades fiscales, adaptándose a los cambios institucionales en Bélgica. La importancia radica en garantizar una aplicación eficaz del convenio, evitando ambigüedades y mejorando la cooperación fiscal entre ambos países, lo cual es relevante para la gestión de impuestos y la prevención de la evasión fiscal en un contexto de integración europea.

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