Real DecretoNacionalvigente

Orden PCI/1187/2018, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras.

BOE-A-2018-15613Publicada: 16/11/2018MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PCI/1187/2018, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden PRE/1064 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden PCI/1187/2018 modifica la Orden PRE/1064/2016 para adaptar el procedimiento de recaudación de recursos no tributarios a través de entidades colaboradoras, con especial énfasis en la utilización de medios electrónicos para pagos y la domiciliación bancaria de aplazamientos y fraccionamientos. 2. **CONTEXTO** Esta norma surge como respuesta a la necesidad de modernizar los procedimientos de recaudación de la Administración General del Estado, alineándose con la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. La Orden PRE/1064/2016 era objeto de actualización para cumplir con los principios de eficacia, transparencia y accesibilidad digital. La modificación busca facilitar el pago electrónico y la domiciliación bancaria de deudas no tributarias, garantizando una gestión más eficiente y conforme a los estándares vigentes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PCI/1187/2018 introduce modificaciones en la Orden PRE/1064/2016, que desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación. La principal novedad es la actualización del artículo 8, que se redacta para remitir los pagos a través del sistema de pagos telemáticos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme al artículo 98 de la Ley 39/2015, que exige la utilización preferente de medios electrónicos en los trámites administrativos. Además, se incorpora una nueva disposición adicional sexta, que habilita normativamente la adhesión al sistema de domiciliaciones bancarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas no tributarias. Esta disposición se complementa con una disposición transitoria que establece que el régimen de domiciliación bancaria no se aplicará hasta que no se realicen las adaptaciones normativas e informáticas necesarias, según se establece en la disposición adicional única y en la disposición final primera. En cuanto a los aplazamientos o fraccionamientos concedidos antes de la implantación del sistema de domiciliación bancaria, se permite su domiciliación a partir de la entrada en vigor del nuevo régimen, siempre que los vencimientos sean posteriores a la fecha de implantación. Asimismo, se establece que los ciudadanos serán informados a través de la sede electrónica de la Intervención General de la Administración del Estado y de la página web de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional cuando se deba proceder a la domiciliación bancaria. La disposición final primera establece que el Ministerio de Hacienda realizará las adaptaciones normativas necesarias en la Orden EHA/1658/2009, con el fin de permitir la domiciliación bancaria de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas no tributarias. Por último, la disposición final segunda fija la entrada en vigor de la Orden PCI/1187/2018 al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se fundamenta en los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, que exige que las normas sean claras, previsibles, proporcionadas y respetuosas con los derechos de los ciudadanos. La Orden PCI/1187/2018 busca, por tanto, mejorar la eficiencia y la transparencia en el procedimiento de recaudación de recursos no tributarios, facilitando el acceso a los medios electrónicos y la gestión automatizada de deudas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden PCI/1187/2018 actualiza el procedimiento de recaudación de recursos no tributarios para adaptarse a la normativa vigente, especialmente la Ley 39/2015. Introduce cambios en la utilización de medios electrónicos y en la domiciliación bancaria de deudas, con medidas transitorias para garantizar su correcta implementación. La norma busca mejorar la eficiencia y la transparencia en la gestión de deudas no tributarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del artículo 8 de la Orden PRE/1064/2016** para incluir el sistema de pagos telemáticos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. ⚠️ **Aplicación gradual de la domiciliación bancaria** con medidas transitorias para garantizar su correcta implementación. 📋 **Nueva disposición adicional sexta** que habilita la adhesión al sistema de domiciliación bancaria para aplazamientos y fraccionamientos. ℹ️ **Información a los ciudadanos** a través de canales electrónicos sobre la domiciliación bancaria de deudas no tributarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden PCI/1187/2018 - **Tipo**: Orden del Ministerio - **Fecha**: 7 de noviembre de 2018 - **Materias**: Recaudación, medios electrónicos, domiciliación bancaria, deudas no tributarias - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PCI/1187/2018, el procedimiento de recaudación de recursos no tributarios en España seguía normas más tradicionales, con menos énfasis en la digitalización y la eficiencia en el pago electrónico. La Orden PRE/1064/2016 ya establecía un marco para la recaudación a través de entidades colaboradoras, pero la norma de 2018 introduce mejoras alineadas con la Ley 39/2015, promoviendo la transparencia y la accesibilidad digital. Esta actualización refleja la evolución de las prácticas estatales y europeas hacia sistemas más modernos, facilitando la gestión de deudas no tributarias y mejorando la experiencia del ciudadano.

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