Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.

BOE-A-2018-16903Publicada: 11/12/2018Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1398/2018 establece el sistema de compensación equitativa por copia privada en España, modificando el régimen previo para adaptarlo a la Directiva 2001/29/CE y al marco legal vigente. 2. **CONTEXTO** La Directiva 2001/29/CE permite a los Estados miembros limitar el derecho de reproducción para copias privadas, siempre que se garantice una compensación equitativa. En España, este límite se regula en el artículo 31 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. El Real Decreto-ley 12/2017 modificó el sistema de compensación, pasando de un modelo financiado por los Presupuestos Generales del Estado a uno basado en el pago por parte de fabricantes, importadores y distribuidores. El Real Decreto 1398/2018 desarrolla esta modificación, estableciendo el marco reglamentario. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1398/2018 desarrolla el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, en virtud del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada. Este Real Decreto se dicta en aplicación de la Directiva 2001/29/CE, que permite a los Estados miembros limitar el derecho exclusivo de reproducción en el caso de copias privadas, siempre que se garantice una compensación equitativa. El Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, modificó el sistema de compensación equitativa, sustituyendo el modelo financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por uno basado en el pago por parte de los fabricantes, importadores y distribuidores de equipos, aparatos y soportes materiales de reproducción. El Real Decreto 1398/2018 desarrolla esta modificación, estableciendo el marco reglamentario para su aplicación. El Real Decreto 1398/2018 establece que el sistema de compensación equitativa se regirá por el acuerdo entre las entidades de gestión autorizadas por el Ministerio de Cultura y Deporte, que determinarán el reparto de la compensación equitativa entre las distintas modalidades de reproducción. Este acuerdo deberá remitirse al Ministerio de Cultura y Deporte, a la Secretaría de Estado para el Avance Digital y a las principales asociaciones representativas de sujetos deudores y distribuidores en el plazo de cinco días tras la entrada en vigor del Real Decreto. Además, el Real Decreto establece que una vez resueltas todas las solicitudes de reembolso correspondientes a la compensación equitativa regulada en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 12/2017, las entidades de gestión liberarán el saldo remanente de la provisión dotada en cumplimiento del apartado 5 de dicha disposición transitoria que no haya sido consumido en la atención de reembolsos. El Real Decreto también establece que el sistema se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.9.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre propiedad intelectual e industrial. Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2019. El Real Decreto 1398/2018 se complementa con el Real Decreto 1802/1995, de 3 de noviembre, que establece el sistema para la determinación de la remuneración compensatoria por copia privada en las ciudades de Ceuta y Melilla, y con la Ley 20/1992, de 7 de julio, que regula el sistema de compensación equitativa por copia privada. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1398/2018 desarrolla el sistema de compensación equitativa por copia privada, adaptándose a la Directiva 2001/29/CE y al marco legal español. Establece un nuevo modelo de financiación basado en el pago por parte de fabricantes y distribuidores. Regula el reparto de la compensación entre modalidades de reproducción y establece la entrada en vigor del texto el 2 de enero de 2019. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Sistema de compensación equitativa**: Se establece un nuevo modelo basado en el pago por parte de fabricantes, importadores y distribuidores. ⚠️ **Modificación del régimen previo**: El modelo anterior, financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, fue sustituido. 📋 **Reglamentación del Real Decreto-ley 12/2017**: El Real Decreto 1398/2018 desarrolla las modificaciones introducidas en dicho Real Decreto-ley. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2019. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1398/2018 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 23 de noviembre de 2018 - **Materias**: Propiedad Intelectual, Derechos de Autor, Copia Privada, Compensación Equitativa - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1398/2018, el sistema de compensación equitativa por copia privada en España se regía por un modelo financiado por los Presupuestos Generales del Estado, establecido en el Real Decreto-ley 12/2017. Este sistema era diferente al marco estatal y a la normativa de la Unión Europea, que exigía una compensación equitativa conforme a la Directiva 2001/29/CE. La importancia de esta modificación radica en su alineación con el marco europeo, garantizando una compensación más justa y sostenible, y adaptando el régimen a las nuevas realidades del mercado digital, con el fin de proteger los derechos de los autores y fomentar el acceso a la cultura.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →