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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 23 de noviembre de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.

BOE-A-2018-16902Publicada: 11/12/2018MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de noviembre de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad S ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de noviembre de 2018 modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva (URE) de la Seguridad Social en varias provincias, con el objetivo de mejorar la gestión y redistribuir las plantillas. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 1995 estableció el ámbito territorial inicial de las URE en las direcciones provinciales. Posteriormente, se realizaron modificaciones para adaptar la estructura a necesidades de gestión. La Resolución de 2018 se dicta como consecuencia de la necesidad de optimizar la recaudación en vía de apremio, especialmente en las provincias mencionadas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de noviembre de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social, modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva (URE) dependientes de las Direcciones Provinciales en Araba/Álava, Barcelona, Lleida, Madrid, Navarra, Salamanca y Bizkaia. Esta modificación busca mejorar la gestión del cargo asumido por cada URE, así como una redistribución equilibrada de sus plantillas, considerando la progresiva disminución de personal. La Resolución se fundamenta en el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, que otorga a la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social la competencia para establecer normas sobre la aplicación del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. En concreto, la Resolución establece nuevos límites territoriales para varias URE. Por ejemplo, en la provincia de Salamanca, la URE n.º 37/03 (Béjar) pierde operatividad al integrarse en el ámbito de la URE n.º 37/01. En Bizkaia, la URE n.º 48/04 (Bilbao) se integra en las URE n.º 48/01 y n.º 48/07, mientras que la URE n.º 48/05 (Sestao) abarca municipios del partido judicial número 2. La URE n.º 48/07 (Getxo) cubre municipios de varios partidos judiciales, incluyendo Bakio, Fruiz, Gamiz-Fika, Meñaka, Mungia, Derio, Erandio, Larrabetzu, Lezama, Loiu, Sondika y Zamudio. Estas modificaciones afectan directamente a los municipios y partidos judiciales mencionados, redistribuyendo la responsabilidad recaudatoria entre las URE. La Resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor en el momento de su publicación, salvo que se indique lo contrario. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2018 modifica el ámbito territorial de varias URE en varias provincias para mejorar la gestión recaudatoria. Se basa en normas vigentes y entra en vigor al publicarse. La redistribución de las plantillas y la optimización de la gestión son sus principales objetivos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación territorial**: Se ajustan los límites de varias URE para mejorar la gestión recaudatoria. ⚠️ **Redistribución de plantillas**: Se busca equilibrar la carga laboral entre las unidades. 📋 **Fundamento legal**: Se basa en la Orden TAS/1562/2005 y el Real Decreto 1415/2004. ℹ️ **Provincias afectadas**: Araba/Álava, Barcelona, Lleida, Madrid, Navarra, Salamanca y Bizkaia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de noviembre de 2018 - **Materias**: Seguridad Social, recaudación, unidades de recaudación ejecutiva (URE) - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: URE, recaudación, Tesorería General, gestión territorial, redistribución de plantillas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2018, el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva (URE) estaba establecido desde la Resolución de 1995, que asignaba a cada dirección provincial un área de actuación. Esta estructura fue modificada en años posteriores para adaptarse a necesidades de gestión, pero la Resolución de 2018 introduce cambios más significativos, especialmente en provincias como Madrid o Barcelona, con el objetivo de optimizar la recaudación y redistribuir el personal. Este cambio importa porque refleja una evolución en la organización de la Seguridad Social, alineada con la necesidad de eficiencia y adaptación a la realidad territorial y laboral.

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