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ResoluciónNacionalvigente

Entrada en vigor del Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en lo que se refiere a la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando se ponen a disposición del presupuesto de la UE los recursos propios tradicionales, hecho en Bruselas el 10 de marzo de 2009.

BOE-A-2018-16901Publicada: 11/12/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Entrada en vigor del Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece que el Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en lo que se refiere a la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando se ponen a disposición del presupuesto de la UE los recursos propios tradicionales, entrará en vigor en España el 16 de enero de 2019, finalizando así la aplicación provisional iniciada en 2010. 2. **CONTEXTO** El Convenio fue firmado en Bruselas el 10 de marzo de 2009 y establece normas sobre la distribución de gastos de recaudación nacionales en el marco de la Unión Europea. España inició su aplicación provisional el 10 de noviembre de 2010, publicada en el BOE. La Resolución actualiza la fecha de entrada en vigor del Convenio en el territorio español. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución, emitida por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, establece que el Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en lo que se refiere a la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando se ponen a disposición del presupuesto de la UE los recursos propios tradicionales, entrará en vigor con carácter general y para España el 16 de enero de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 de su artículo 7. Esta fecha marca el final de la aplicación provisional iniciada el 10 de noviembre de 2010 y publicada en el Boletín Oficial del Estado número 42, de 18 de febrero de 2011. El Convenio, firmado en Bruselas el 10 de marzo de 2009, establece un marco común para la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando los recursos propios tradicionales son transferidos al presupuesto de la UE. Este mecanismo busca garantizar una distribución equitativa de los costes asociados al despacho de aduanas centralizado entre los Estados miembros. La entrada en vigor del Convenio en España se produce tras la firma del mismo en 2009 y la manifestación de consentimiento en noviembre de 2010. La aplicación provisional fue necesaria hasta que se cumplieran los requisitos legales para su entrada en vigor definitiva. La Resolución actualiza esta fecha, marcando el inicio de la aplicación definitiva del Convenio en el territorio español. El texto de la Resolución incluye declaraciones de los Estados Partes, que confirman su intención de aplicar el Convenio en sus relaciones con otros Estados miembros que hayan efectuado declaraciones similares. Por ejemplo, Letonia declara que aplicará el Convenio en sus relaciones con los Estados miembros que hayan efectuado la misma declaración con respecto a las disposiciones afectadas por dicho Convenio. De igual forma, los Países Bajos, Polonia, Reino Unido y Suecia confirman su intención de aplicar el Convenio en sus relaciones con otros Estados miembros. La entrada en vigor del Convenio en España se produce en el marco de la cooperación aduanera entre los Estados miembros de la UE, con el objetivo de simplificar y armonizar los procesos de recaudación y despacho de aduanas. Esta norma refleja el compromiso de España de cumplir con los estándares europeos en materia de gestión fiscal y aduanera, contribuyendo a la eficiencia y transparencia en el sistema de recaudación tributaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece la entrada en vigor del Convenio en España el 16 de enero de 2019, finalizando la aplicación provisional. Este acuerdo busca garantizar una distribución equitativa de los gastos de recaudación en el marco de la UE. La norma refleja el compromiso de España con los estándares europeos en materia aduanera y fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Entrada en vigor:** El Convenio entra en vigor en España el 16 de enero de 2019. ⚠️ **Aplicación provisional:** Finaliza la aplicación provisional iniciada en 2010. 📋 **Condiciones:** De acuerdo con el párrafo 3 del artículo 7 del Convenio. ℹ️ **Contexto:** Firma en Bruselas el 10 de marzo de 2009 y ratificada en noviembre de 2010. 6. **FICHA** - **Jurisdicción:** España - **Fuente:** Resolución del Ministerio de Hacienda y Función Pública - **Tipo:** Resolución - **Fecha:** 28 de noviembre de 2018 - **Materias:** Aduanas, recaudación, presupuesto de la UE, cooperación internacional - **Relevancia:** ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, firmado en Bruselas el 10 de marzo de 2009, los gastos de recaudación nacionales en el marco de la Unión Europea se regulaban de forma dispersa, con diferencias entre las Comunidades Autónomas y el Estado. Este convenio estableció un marco común para la distribución de estos gastos, buscando mayor armonización y eficiencia en la gestión de los recursos propios tradicionales de la UE. Su entrada en vigor en España en 2019 marcó el fin de la aplicación provisional iniciada en 2010, consolidando una normativa más coherente y transparente a nivel estatal y europeo.

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