Orden PRA/122/2018, de 7 de febrero, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Plan de Fomento de la Lectura (2017-2020)".
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden que crea un órgano administrativo (órgano colegiado interministerial) para gestionar el Plan de Fomento de la Lectura (2017-2020). Este órgano será responsable de ejecutar las acciones del plan, certificar que los gastos coincidan con los objetivos fijados, y desarrollar los programas específicos de promoción de la lectura. El plan fue declarado acontecimiento de excepcional interés público. **¿A quién afecta?** Afecta a las administraciones públicas que participan en el órgano (sobre todo el Ministerio de Cultura y el de Hacienda), al sector privado del libro, a los medios de comunicación, a entidades sin ánimo de lucro que apoyen las acciones, y a los ciudadanos que se benefician de las iniciativas de fomento de la lectura en bibliotecas, escuelas y familias. **¿Qué cambia o establece?** Establece la creación de este órgano administrativo dentro de la Secretaría de Estado de Cultura sin aumento de gasto público. Fija que el programa dure desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 30 de junio de 2020. Permite que los privados que donen al plan obtengan los máximos beneficios fiscales previstos en la ley de mecenazgo. Determina que el órgano certificará que los gastos realizados se ajusten a los objetivos del programa.
💬 Contexto ciudadano
El Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 institucionaliza una política que España ha desarrollado fragmentadamente desde hace décadas, pero con esta orden adquiere coordinación interministerial y estatus de "acontecimiento de excepcional interés público". Mientras autonomías como Cataluña y Andalucía ejecutaban sus propios planes de lectura con competencias culturales transferidas, la orden estatal articula una estrategia nacional mediante órgano colegiado que integra Cultura y Hacienda. Esta formalización permite maximizar desgravaciones fiscales bajo la Ley de Mecenazgo, atrayendo inversión privada sin incremento presupuestario público—herramienta que otras CCAA menos dotadas presupuestariamente no podían aprovechar sistemáticamente. Para el ciudadano implica acceso ampliado a iniciativas de promoción lectora en bibliotecas y escuelas, aunque la efectividad depende de la cooperación territorial y la participación privada. La declaración de interés público refleja reconocimiento de la lectura como bien cultural estratégico en contexto de transformación digital.