Resolución de 11 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 11 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Política Energ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 11 de diciembre de 2018 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de diciembre de 2018. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se enmarca en el marco normativo regulador del sector energético, especialmente en la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005, que otorgan al Ministerio competencias para fijar tarifas y precios de los gases licuados del petróleo. La norma establece un sistema de determinación automática de precios, con actualización periódica, y establece mecanismos para la aplicación de los nuevos precios a los consumos existentes y futuros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 11 de diciembre de 2018, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, se fundamenta en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad. Estas normas otorgan al Ministerio de Industria, Energía y Turismo (posteriormente, Ministerio para la Transición Ecológica) la competencia para dictar disposiciones sobre tarifas y precios de los gases licuados del petróleo por canalización, incluyendo su determinación automática. La resolución establece que los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, entrarán en vigor el 18 de diciembre de 2018. Además, se establecen normas sobre la aplicación de los nuevos precios a los suministros pendientes de ejecución, es decir, aquellos que no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día 18 de diciembre de 2018. En este caso, las facturaciones de los consumos correspondientes a estos suministros se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total del período facturado entre los días anteriores y posteriores a la fecha de entrada en vigor de la resolución, aplicando los precios correspondientes a las distintas resoluciones aplicables. También se establece que las empresas distribuidoras deben adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de aplicar correctamente los nuevos precios. La resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado y surte efectos desde el 18 de diciembre de 2018. Finalmente, se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes a partir de la publicación, conforme a los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, con aplicación a partir del 18 de diciembre de 2018. Establece mecanismos para la aplicación de los nuevos precios a suministros pendientes de ejecución y obliga a las empresas distribuidoras a aplicar correctamente los nuevos precios. La norma es susceptible de recurso de alzada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece nuevos precios de venta**: La resolución fija los nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, aplicables a partir del 18 de diciembre de 2018. ⚠️ **Aplicación a suministros pendientes**: Los suministros no realizados o en fase de ejecución a esa fecha se ajustarán proporcionalmente a los nuevos precios. 📋 **Obligación de empresas distribuidoras**: Las empresas deben adoptar medidas para determinar los consumos y aplicar correctamente los nuevos precios. ℹ️ **Procedimiento de recurso**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes de la publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 11 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 11 de diciembre de 2018 - **Materias**: Energía, hidrocarburos, precios, tarifas, distribución de gases - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2018, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, como la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005, que otorgaban al Estado la competencia para fijar tarifas. Esta resolución introduce un sistema de precios actualizados periódicamente, con mecanismos de aplicación automática, lo cual mejora la transparencia y la eficiencia en el sector energético. La importancia radica en que establece un marco más dinámico y adaptativo frente a las fluctuaciones del mercado, alineándose con las normativas de la UE y mejorando la regulación a nivel autonómico y estatal.